23 de noviembre de 2021

GOBIERNOS. Italia impone multa de 200 millones a Apple y Amazon por vulnerar la competencia

 La Autoridad antimonopolio les acusa de establecer un “acuerdo restrictivo” que impedía operar en el mercado a todos los distribuidores legítimos

Las compañías tecnológicas Amazon y Apple han sido multadas con el pago de más 200 millones de euros por establecer un “acuerdo restrictivo” que impedía operar a todos los distribuidores legítimos, ha informado este martes la Autoridad garante de la Competencia y Mercado de Italia.

Con el acuerdo alcanzado entre ambas empresas, según la Autoridad antimonopolio, “solo Amazon y determinadas entidades elegidas individualmente y de forma discriminatoria” podían operar en el mercado Amazon.it, en una infracción del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Las empresas del grupo Amazon tendrán que abonar 68,7 millones de euros y las del grupo Apple, 134,5 millones de euros.

Las indagaciones pusieron de manifiesto “la voluntad de introducir una restricción meramente cuantitativa del número de revendedores, permitiendo únicamente a Amazon y a determinadas entidades, identificadas de forma discriminatoria, operar en Amazon.it. Las restricciones del acuerdo se han reflejado en el nivel de los descuentos practicados por terceros en Amazon.it, disminuyendo la cantidad”.

“El carácter restrictivo de estas conductas se ve confirmado por el hecho de que Amazon.it representa el centro de comercio electrónico donde se realiza al menos el 70% de las compras de productos electrónicos de consumo en Italia, de los cuales al menos el 40% está representado por minoristas que utilizan Amazon como plataforma de intermediación”, añade en un comunicado en su web.

Antimonopolio destaca que “es fundamental que la aplicación de las normas de competencia garantice unas condiciones equitativas para todos los minoristas que utilizan los mercados como un lugar cada vez más importante para el desarrollo de sus actividades comerciales, especialmente en el contexto actual, evitando conductas discriminatorias que restrinjan la competencia”.

Por ello, la decisión del organismo “reconoce, en consonancia con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, la necesidad de que los sistemas de distribución, para ser compatibles con las normas de competencia, se basen en criterios cualitativos, no discriminatorios y aplicados indistintamente a todos los minoristas potenciales.

“El Órgano de Vigilancia fue el principal responsable de esta acción y, gracias a su intervención y a su cooperación, las autoridades nacionales de competencia de Alemania y España incoaron posteriormente procedimientos similares”, concluye

Fuente: El Pais.com