19 de mayo de 2026

ANALISIS Y OPINIÓN. De la política, de la presunción de inocencia, y del presunto tráfico de influencias en el caso Plus Ultra


El caso Plus Ultra se ha convertido, con el paso de los meses, en algo más que una investigación penal, puesto que, ya es un espejo de tensiones profundas entre la búsqueda judicial de la verdad, la instrumentalización mediática y el modo que ciertas acusaciones —especialmente cuando alcanzan a figuras políticas de primer nivel— pueden dañar la percepción pública incluso antes de que exista una condena.

En el centro de la controversia aparece la figura del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero, al que el juez José Luis Calama cita como investigado por presunto liderazgo de una “estructura estable y jerarquizada de tráfico de influencias”.

Según el auto, la imputación se apoya en un conjunto de indicios: una red supuestamente organizada para obtener beneficios económicos mediante la intermediación y el ejercicio de influencias ante instancias públicas, favoreciendo principalmente a la aerolínea Plus Ultra en el marco del rescate aprobado durante la pandemia. El juez considera que el entramado utilizó sociedades instrumentales, documentación simulada y canales financieros opacos con el fin de ocultar el origen y destino de fondos. En este relato judicial se describe una supuesta secuencia temporal de reuniones y contactos, incluyendo presuntamente acceso anticipado a información relevante sobre la concesión de la ayuda pública.

Sin embargo, lo que vuelve particularmente delicado este caso no es solo la complejidad técnica del presunto funcionamiento de la red, sino el contexto en el que ciertas acusaciones se han difundido, amplificado y reordenado en el espacio público. 

En la información facilitada aparece una querella promovida por Manos Limpias, sustentada —al menos en parte— en declaraciones de Víctor de Aldama en programas televisivos de entretenimiento y entrevistas difundidas por plataformas digitales. Ahí surge un elemento decisivo para el análisis: cuando una investigación penal se cruza con relatos mediáticos, y cuando éstos llegan a formar parte del andamiaje de una querella, el debate sobre el rigor probatorio y el riesgo de distorsión se vuelve inevitable.

1. El relato judicial: de los contactos a la influencia concreta

En el auto, el juez Calama atribuye a Zapatero la intervención en operaciones internacionales de alto valor económico, incluyendo referencias a oro y transacciones financieras. Además, se apunta que la influencia no habría buscado un resultado genérico, sino una resolución administrativa específica: la aprobación y desembolso de la ayuda pública solicitada por Plus Ultra en el marco del Fondo de Apoyo a la Solvencia. El juez vincula esta finalidad concreta con una supuesta coordinación entre actores: intermediarios directos con clientes, participación operativa de una secretaria adscrita a la oficina del expresidente, y un reparto funcional de tareas orientado —siempre según los indicios judiciales— a maximizar la eficacia.

El auto también señala que habría existido una canalización de contraprestaciones económicas mediante contratos de asesoría elaborados “ad hoc”, así como pagos directos e indirectos procedentes de Plus Ultra y de sociedades vinculadas. En esa misma lógica se mencionan sociedades instrumentales —como Caletón Consultores y Summer Wind— y la atribución de papeles de “testaferros” dentro del entramado. Todo ello se presenta como un intento de reforzar la apariencia formal y ocultar el recorrido del dinero.

En términos estrictamente jurídicos, el problema no es que existan versiones alternativas o que haya controversia: el problema aparece cuando el relato mediático o político pretende funcionar como sustituto de la prueba.

Por ello se debe recordar que a mayor gravedad de las imputaciones exige máxima prudencia, porque la presunción de inocencia  es un principio constitucional y el punto de partida de cualquier proceso judicial que pretenda ser democrático.

2. La dimensión societaria y la figura del offshore

Otro eje del auto es la supuesta creación de una sociedad offshore en Dubai (Landside Dubai Fzco o Landside Middle East Fzco), participada por una sociedad relacionada (Idella). Se describe un plan de negocio y, sobre todo, una proximidad temporal entre el inicio de gestiones para constituir la sociedad y la ausencia de pagos en España, lo que llevaría —según el juez— a sospechar que aquella sociedad habría servido para canalizar un cobro vinculado al rescate.

Esta parte del relato tiene una doble lectura. Por un lado, es coherente con un patrón clásico del fraude financiero: usar estructuras societarias para separar formalmente la relación económica del resultado político o administrativo que se pretende obtener. Por otro lado, el caso muestra cómo la “complejidad” puede volverse un arma de opacidad argumentativa: cuanto más técnicas y sofisticadas sean las operaciones descritas, mayor es el riesgo de que el debate público sustituya la comprensión real del asunto por la acumulación de indicios narrativos.

3. La presunta “gestión cotidiana” y el papel de las personas cercanas

También se detalla en el auto, una jerarquía interna: un nivel encargado de intermediaciones y órdenes, un nivel de “gestión cotidiana” atribuido a la secretaria de la oficina de Zapatero, y otro rol operativo vinculado a un interlocutor con los clientes y con el entorno societario.

 Además, se menciona el presunto papel de las hijas del expresidente a través de Whathefav SL, como beneficiarias finales, reforzando la idea de que se habrían usado contratos para justificar el trasvase de fondos.

Aquí se toca un punto especialmente sensible: cuando la investigación penal se centra en personas allegadas y se introducen con fuerza elementos de “entorno” familiar, la carga emocional y mediática crece.

En esos escenarios, el daño reputacional puede expandirse más rápido que el esclarecimiento judicial. La presunción de inocencia exige precisamente lo contrario: que el debate público no corra más que el proceso.

4. El “arranque” mediático y la querella instrumental

En referencia a los antecedentes procesales, aquí se presenta una crítica central, como es que la querella de Manos Limpias, se habría basado en una entrevista de Aldama en un programa televisivo (Horizonte, con Iker Jiménez) y por referencias a contenidos en redes y medios digitales. Se subraya que el comisionista hizo acusaciones sin aportar prueba alguna, que es lo que mejor sabe hacer, faltaría más.

Aquí aparece una cuestión crucial: en justicia penal, que se acuse a alguien, bien por medio de un programa de televisión o bien por otros medios no tiene valor probatorio. Aunque el autor de la declaración no estuviera investigado o colaborara con la justicia, el valor de lo dicho en un espacio mediático no puede equipararse mecánicamente al valor de una evidencia verificable. Dicho de otro modo: una cosa es que una declaración sea el origen de una línea de investigación y otra bien distinta que se convierta en elemento sustitutivo de la prueba.

Por ello, la intervención de la magistrada Vicky Rosell —cuando alerta de “acciones judiciales abusivas” y de la distorsión que pueden provocar querellas que se mezclan con investigaciones efectivas— apunta a un riesgo institucional: la justicia debe investigar con rigor, pero no puede convertirse en un campo de batalla ideológico donde se acumulan demandas para presionar, desgastar y generar narrativas.

5. Más prudencia con el “primer paso”. Imputar no es Condenar.

Finalmente insistir en una idea esencial: en delitos como el blanqueo, el proceso puede comenzar imputando y solo después —si las personas aportan explicaciones o se desvanecen indicios— “se desinfla” el relato.

Ese mecanismo procesal, aunque exista en la práctica jurídica, debe leerse siempre con una conciencia de sus efectos: imputar a una figura relevante, incluso antes de que se pruebe el delito, genera un impacto social irreversible. Y ese daño puede operar tanto en la reputación personal como en el clima democrático. Y eso PP y Vox, bien que lo saben, y mueven los hilos en la judicatura para que la democracia en este país tenga los días contados, porque semanas antes de la imputación a Zapatero, estando el proceso bajo secreto de sumario,  ya lo anunció Feijóo en el Congreso de Diputados, lo cual nos recuerda que los casos de “lawfare” siguen ahí.

La pregunta de fondo, por tanto, no es únicamente “qué pasó” —porque solo el juicio puede confirmarlo—, sino “cómo se comunica y se tramita” lo que todavía es incierto.

Cuando se combinan investigaciones policiales con querellas de origen mediático o ideológico, la ciudadanía no solo recibe información: recibe una interpretación del conflicto. Y la interpretación en política (es decir el relato) suele correr más rápido que la prueba. Siendo también que las mentiras tienen las patas bien cortas.

CONCLUSIÓN. La justicia siempre debe resistir la presión

El caso Plus Ultra, tal como se describe, reúne todos los elementos que ponen a prueba a un Estado de derecho: presuntas maniobras de influencia, operaciones financieras complejas, uso de sociedades instrumentales, supuestas jerarquías internas y una fuerte dimensión mediática previa a la fase plena de prueba.

Frente a ello, la lección democrática es clara: la justicia debe avanzar con rigor, sin dejarse arrastrar por narrativas, y el debate público debe mantener la prudencia necesaria para no convertir lo presunto en condena social.

Porque si algo enseña la historia —dentro y fuera de España— es que el daño a la presunción de inocencia no se repara fácilmente. Y cuando la imputación alcanza a figuras de gran relevancia política, el Estado no solo investiga hechos: también protege la credibilidad del propio sistema.

En ese equilibrio, la prueba, el proceso y la cautela deberían pesar más que la indignación y el ruido.

Pues desde PP y Vox, nunca pierden la oportunidad de destrozar la reputación de partidos políticos de izquierdas, y la de sus dirigentes y allegados también, como bien dice el manual de Goebbels y que los buenos fascistas siguen a rajatabla (como ya pasó antes con Podemos y ahora le toca al PSOE)

Ya decía el exasesor de Trump, Steve Bannon, “hay que regar la zona de mierda” (aunque sea sacándola de su propia casa) pues PP y Vox, tienen mierda dentro del partido para dar y tomar, que todavía les sobra para regalar. Y para mafia, ya está el partido popular y los ultras de Vox.

Además dice el refrán, "cuando las barbas de tu vecino veas cortar echa las tuyas a remojar" puesto que si hay un par de profesionales del lobby son los expresidentes del gobierno Aznar y Rajoy, pero si ahora está penado ejercer de lobista, supongo será para todos por igual, y un siglo de estos les tocará pasar por los juzgados a estos expresidentes del partido popular. Si  bien es cierto que jueces y magistrados, por lo que sea, suelen preferir dejar los casos judiciales  que conciernen a los expresidentes del  PP, para el siglo XXII.

Un apunte final. En el auto donde el juez José Luis Calama cita como investigado por presunto liderazgo de una “estructura estable y jerarquizada de tráfico de influencias”, no existen mensajes de autoinculpación de éste, bueno en realidad no existe que se sepa ningún mensaje referido a la trama de la que el juez supone que el expresidente es el líder. 

Y solo recordar que en derecho penal, para que haya delito de tráfico de influencias, debe existir pruebas verificables, de un influenciador y de un influenciado, que no constan en el auto. Igualmente, un juez instructor nunca puede emitir en un auto una acusación contra un investigado, además sin pruebas directas, como le ha ocurrido al expresidente Zapatero.  

Y una cosa más, un imputado o acusado en un proceso judicial, no tiene que demostrar su inocencia, puesto que por ley, cualquier persona lo es, mientras no se demuestre lo contario.

Fuente: Publico.es ; El Plural.com