La Autoridad antimonopolio les acusa de establecer un “acuerdo restrictivo” que impedía operar en el mercado a todos los distribuidores legítimos
Con el acuerdo alcanzado entre ambas
empresas, según la Autoridad antimonopolio, “solo Amazon y determinadas entidades
elegidas individualmente y de forma discriminatoria” podían operar en el
mercado Amazon.it, en una infracción del Tratado de Funcionamiento de la Unión
Europea. Las empresas del grupo Amazon tendrán que abonar 68,7 millones de
euros y las del grupo Apple, 134,5 millones de euros.
Las indagaciones pusieron de
manifiesto “la voluntad de introducir una restricción meramente cuantitativa
del número de revendedores, permitiendo únicamente a Amazon y a determinadas
entidades, identificadas de forma discriminatoria, operar en Amazon.it. Las
restricciones del acuerdo se han reflejado en el nivel de los descuentos
practicados por terceros en Amazon.it, disminuyendo la cantidad”.
“El carácter restrictivo de estas
conductas se ve confirmado por el hecho de que Amazon.it representa el centro de
comercio electrónico donde se realiza al menos el 70% de las compras de
productos electrónicos de consumo en Italia, de los cuales al menos el 40% está
representado por minoristas que utilizan Amazon como plataforma de
intermediación”, añade en un comunicado en su web.
Antimonopolio destaca que “es
fundamental que la aplicación de las normas de competencia garantice unas
condiciones equitativas para todos los minoristas que utilizan los mercados
como un lugar cada vez más importante para el desarrollo de sus actividades
comerciales, especialmente en el contexto actual, evitando conductas
discriminatorias que restrinjan la competencia”.
Por ello, la decisión del organismo
“reconoce, en consonancia con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la
Unión Europea, la necesidad de que los sistemas de distribución, para ser
compatibles con las normas de competencia, se basen en criterios cualitativos,
no discriminatorios y aplicados indistintamente a todos los minoristas
potenciales.
“El Órgano de Vigilancia fue el
principal responsable de esta acción y, gracias a su intervención y a su
cooperación, las autoridades nacionales de competencia de Alemania y España
incoaron posteriormente procedimientos similares”, concluye
Fuente: El
Pais.com