1 de junio de 2026

NOTICIA Y OPINIÓN. ¿Acaso los jueces del caso Zapatero y del caso Leire, incumplen la ley?

 La periodista Silvia Intxaurrondo, expone que la jurisprudencia comunitaria prohíbe taxativamente atribuir delitos en las etapas preliminares de una investigación penal/criminal

La controversia que ha abierto la presentadora de televisión, Silvia Intxaurrondo en el programa informativo de, "La Hora de La 1" gira en torno a un punto neurálgico del proceso penal: cuándo, cómo y con qué lenguaje se puede hablar de delitos y de culpabilidad durante las fases preliminares de una investigación. A partir del contraste entre los “últimos autos” dictados en los presuntos procedimientos conocidos como caso Leire y caso Zapatero, Intxaurrondo plantea que ciertas decisiones judiciales podrían estar chocando con estándares jurídicos europeos diseñados, precisamente, para evitar que el investigado sea tratado como culpable antes de tiempo.

En su intervención, la periodista recordó su revisión de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), subrayando que la doctrina europea “dice que no se puede atribuir la comisión de un delito en una etapa preliminar del procedimiento penal”. Lo decisivo, en su argumentación, no es el hecho de que la investigación avance: es lógico que en una instrucción existan sospechas, indicios y diligencias. El problema surge cuando el relato jurídico o mediático transforma esa fase indiciaria en una afirmación de culpabilidad con apariencia de certeza. Intxaurrondo interpreta que tal práctica “pervertiría el procedimiento penal” y, sobre todo, incrementaría “el riesgo de estigmatización del investigado”.

A continuación, la presentadora conectó esa regla europea con lo que entiende que ocurre en dos resoluciones judiciales recientes: las del juez Santiago Pedraz y las del juez José Luis Calama, citadas por el programa como relevantes para los procedimientos denominados Leire y Zapatero. En su conclusión, formulada con tono tajante, sostuvo que “no es legal hacer esto”. Más que una crítica meramente retórica, el núcleo de su postura es jurídico: si el estándar europeo prohíbe atribuir delitos en etapas preliminares, entonces cualquier formulación que, en autos, parezca dar por cometidos los hechos con una certeza incompatible con la fase procesal estaría comprometiendo derechos fundamentales.

El magistrado Ignacio González Vega, invitado al espacio, reforzó el planteamiento desde una perspectiva institucional. Según explicó, estas garantías no son simples criterios orientativos, sino mandatos vinculantes que obligan a todos los operadores judiciales. El experto amplió el argumento al recordar que no se trata únicamente de jurisprudencia: también existe una directiva comunitaria “que precisamente habla de los derechos de defensa del investigado en el juicio y habla de la presunción de inocencia”. Con ello, González Vega introduce una idea clave: la presunción de inocencia no es un adorno del sistema, sino un principio rector que condiciona el modo en que se construye la argumentación judicial y, por extensión, la comunicación pública de lo que ocurre en los tribunales.

En ese marco, el magistrado hizo una distinción pedagógica: lo que se presume es la inocencia de las personas, y, por tanto, “es la acusación —por ejemplo el fiscal— quien debe de acreditar su culpabilidad”. Hasta entonces, no deben presentarse los hechos como probados. La fase de investigación se nutre de indicios y verosimilitud, no de condena. Por eso insistió en que “no se presumen los delitos o los hechos, los hechos están todavía en una fase indiciaria” y que “hasta que no haya una sentencia condenatoria, esa persona es inocente”. La lógica es clara: cualquier lenguaje que desdibuje esa frontera entre sospecha e imputación probada reduce el espacio de defensa, favorece el prejuicio y puede contaminar la percepción social del caso.

El debate, sin embargo, no se limita al contenido estrictamente jurídico de los autos. Intxaurrondo introdujo un factor contemporáneo: la repercusión mediática que acompaña a los sumarios desde el momento en que se levanta el secreto de las actuaciones. En una “sociedad hiperconectada”, donde las noticias circulan “al minuto”, la periodista cuestiona que, incluso en contextos sensibles, los tribunales no sean capaces de sostener un nivel adecuado de discreción y de control sobre el impacto público de sus resoluciones. Su crítica es especialmente severa cuando afirma que “cuando se levantan nos encontramos con culpabilidades aseguradas en un auto judicial”, lo cual —en su visión— sería “lo contrario de lo que dice el Tribunal de Justicia de la Unión Europea”. De ahí la tesis final: “aquí algo falla”.

Llegados a este punto, González Vega aportó un matiz relevante: los jueces “hablan a través de sus resoluciones”, pero con frecuencia “la distorsión suele venir de la forma de expresar titulares de prensa o noticias”. Es decir, no siempre el problema radica en lo que literalmente dice el órgano judicial, sino en cómo se traduce, simplifica o incluso se sensacionaliza el contenido para captar atención. En esa transformación mediática, una sospecha puede convertirse en un “delito cometido” para el público, o una formulación condicional puede aparecer como un veredicto. El magistrado señaló que esa información a veces se vuelve “sesgada” y que no refleja “justamente la que está transmitiendo el órgano judicial”.

A partir de ahí, el debate se desplaza hacia la responsabilidad de la prensa. González Vega citó la idea del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre los medios como “perro guardián de la democracia”, pero incluyó una exigencia ética-jurídica: el periodismo debe procurar que en las noticias “quede reflejada la inocencia de estas personas mientras no haya una sentencia condenatoria”. La protección no se agota en los tribunales: también se juega en el lenguaje con el que la sociedad aprende lo que ocurre ante la justicia. Titulares que afirman culpabilidades sin condena pueden contribuir a un juicio paralelo; y ese juicio paralelo, aunque no tenga efectos penales formales, puede tener efectos materiales en la reputación, en la capacidad de defensa y en la confianza pública.

En síntesis, el ensayo del programa expone un conflicto de fondo entre tres planos que deberían ser coherentes entre sí:

  • (1) la garantía europea de que no se atribuya la comisión de un delito en fases preliminares; 
  • (2) el principio interno y supranacional de presunción de inocencia y de carga probatoria sobre la acusación;
  • (3) la comunicación pública, donde los límites entre sospecha judicial y certeza mediática pueden difuminarse.

La advertencia de Intxaurrondo y el marco aportado por González Vega apuntan a una misma conclusión:

Cuando la investigación se convierte —por autos o por titulares— en una narrativa de culpabilidad anticipada, se vulnera el diseño garantista del proceso penal y se pone en riesgo un derecho fundamental que no es negociable.

Puesto que, mientras no exista sentencia condenatoria, la regla europea y la ética democrática exigen, ante todo, cautela: los hechos pueden estar en fase indiciaria, pero la inocencia no debería convertirse en una etiqueta provisional, sino en un punto de partida firme.

Fuente: El Plural.com

POSDATA

Quiero pensar que los jueces citados desconocían que estaba prohibido por la marco legal del Unión Europea, lo cual ya de por sí es grave; y prefiero no pensar que si sabían que estaba prohibido expresarse en esos términos, en un auto en fase de instrucción, porque en ese supuesto, estarían dañando a propósito la reputación de los investigados, que entiendo, en ese caso sería denunciable, al menos ante las altas instancias jurídicas europeas. Ya que por intereses políticos los fascistas de PP y Vox, no han perdido la ocasión de mancillar el buen nombre de los investigados, lo cual da cuenta de la baja estatura moral de los dirigentes de dichos partidos políticos, al igual que periodistas de las principales caberas conservadoras de este país, excusándose en el idea que lo había dicho un juez. ¿O es que quizás estén todos de acuerdo para dañar la reputación de los investigados?

Fuente: Redacción

31 de mayo de 2026

ESTUDIO Y OPINIÓN. De la economía en K y del papel de la confianza. Y de las implicaciones en la forma de vida de la ciudadanía.

Cuando la pandemia interrumpió la vida económica en 2020, el debate público buscó metáforas para describir lo que vendría después. 
La imaginación colectiva se dividió entre trayectorias: una en L —caída prolongada y estancamiento—, una V —recuperación rápida— o una W —rebrote seguido de nueva recesión—. 
Sin embargo, Peter Atwater, profesor de Economía en William & Mary, propuso y popularizó una figura distinta: la “economía en forma de K”. La idea no es solo que el PIB caiga y luego se recupere, sino que el proceso genera una bifurcación estructural de las trayectorias sociales: ciertos grupos progresan y amplían su ventaja, mientras otros no solo se rezagan, sino que enfrentan empeoramientos relativos respecto a 2019.

El corazón del argumento de Atwater es contundente: una recuperación no implica una recuperación para todos. La letra K expresa precisamente eso: dos mundos que se separan con el tiempo, y cuya distancia se vuelve cada vez más insalvable.

1. ¿Qué significa realmente “economía en K”?

La metáfora funciona porque no describe únicamente indicadores agregados (como el crecimiento del PIB), sino la experiencia cotidiana. Para Atwater, una economía en K se manifiesta en que los de arriba viven cambios que los favorecen en ámbitos como sanidad, educación, acceso a tecnología e incluso derechos judiciales, mientras que los de abajo ven cómo esos mismos sistemas, lejos de cerrarse, se abren hacia una desigualdad creciente. La K no es una simple diferencia de ingresos: es una diferencia de condiciones de vida y de oportunidades.

En ese sentido, la economía en K se parecería menos a un “bache” y más a una transformación de la estructura social: lo que ocurre durante la crisis (y su gestión) no reparte beneficios de forma simétrica; al contrario, consolida ventajas previas. Atwater incluso sugiere que la inteligencia artificial —en el marco actual— refuerza esa dinámica al acercar el futuro a una lógica de suma cero, donde los intereses de unos y otros tienden a volverse contrapuestos.

2. Desigualdad vs. economía en K: no basta con mejorar “por encima de cero”

El debate sobre desigualdad suele caer en una trampa conceptual: sostener que mientras la vida material de los grupos vulnerables mejore en términos absolutos, el problema sería menor. Atwater rechaza esa visión al señalar que la desigualdad puede crecer aunque las condiciones mejoren para algunos, si lo que ocurre es que los que ya estaban arriba avanzan más rápido, y sobre todo si el margen de movilidad social se estrecha.

Aquí aparece una distinción clave: en una economía en K no solo hay “brecha”, hay pérdida de puente. Las clases bajas pueden experimentar mejoras parciales, pero si las oportunidades para ascender se reducen, la sociedad se convierte en un sistema con mayor rigidez, y eso tiene consecuencias psicosociales y políticas.

Atwater formula ese punto de modo especialmente relevante: la pobreza no es solo una situación económica, sino también de desesperanza y desconfianza. Y esas emociones —cuando se normalizan— erosionan los vínculos con la democracia, el contrato social y la confianza en la justicia. En sus palabras, esto conduce a la violencia: no como destino inevitable, pero sí como posibilidad cuando la frustración deja de encontrar canales institucionales.

3. La red de seguridad como diferencia entre continentes

Uno de los aspectos más prácticos del argumento es la comparación entre Estados Unidos y Europa. Para Atwater, Europa —al menos en términos generales— habría gestionado mejor parte del shock al evitar que la gente cayera en la desesperanza mediante mecanismos de protección y red de seguridad.

Esta observación no es menor: una economía en K no depende solo del mercado, sino del modo en que los Estados traducen (o corrigen) el shock. La existencia de amortiguadores sociales puede no eliminar la bifurcación, pero sí limitar sus efectos más corrosivos: el tránsito hacia una forma de vida donde el futuro deja de parecer alcanzable.

4. Confianza, impotencia y el giro político

Atwater conecta la economía en K con su línea de investigación: la confianza y la forma en que la información influye en las decisiones. Según él, el mundo atravesó dos fases:

  1. Incertidumbre intensa (la fase pandémica).
  2. Una etapa posterior donde se instala un sentido de impotencia.

La pandemia, paradójicamente, permitió creatividad y agencia: durante ese periodo, muchas personas sintieron que podían recuperar control mediante soluciones adaptativas y redes de apoyo. Pero ahora —afirma— hay gente que se percibe más vulnerable que durante el propio confinamiento.

La recuperación de la confianza, entonces, no se lograría solo con discursos o con optimismo técnico, sino con experiencias colectivas que devuelvan control: mejores salarios, huelgas, organización, acciones donde el individuo o los grupos sientan que pueden influir en su destino.

En este punto, sugiere que esa acumulación de impotencia puede alimentar rechazo a figuras autoritarias, como ocurrió con la reacción política que menciona en Hungría. La confianza, para Atwater, se recupera cuando el poder percibido aumenta: cuando las personas vuelven a sentir que “pueden”.

5. Trump, mercados y el “empoderamiento” de los ricos

La economía en K no es una abstracción: tiene concreciones políticas. Atwater vincula su expresión a la segunda administración de Donald Trump en Estados Unidos. Señala que el segundo mandato habría empoderado particularmente a los más ricos, reflejado incluso en el simbolismo de la ceremonia de toma de posesión: probablemente más millonarios presentes que nunca.

A ello suma medidas como la desregulación, el auge de mercados financieros y la creencia de que el gobierno acabará acomodándose a los intereses de los mercados. Para Atwater, esa etapa reforzaría un escenario que define como “edad de oro” para los ricos.

Pero también lee una señal inversa: la elección de un alcalde socialista y populista como Zoran Mamdani en Nueva York sería un indicador de que quienes no pertenecen a las élites están cada vez más frustrados. La K, en su lectura, no solo crea ganadores: también genera una energía política de corrección, a veces canalizada por opciones populistas.

6. Energía, alimentación y la fragilidad del establishment

La dimensión europea de la economía en K reaparece en el análisis del precio de la energía, afectada por dos “choques” en pocos años: la invasión rusa de Ucrania y el conflicto en Oriente Próximo. Atwater advierte que, si no bajan la energía y con ella los alimentos, podría producirse un cambio de tono político hacia el populismo.

Esto introduce una tesis de fondo: una economía en K es desestabilizadora para quienes sostienen el orden existente. No necesariamente porque destruya el sistema de inmediato, sino porque amplifica tensiones y hace más probable que el público demande soluciones distintas a las habituales.

7. Consumo, lujo y la “ceguera” de los de arriba

Finalmente, Atwater observa el mundo del consumo y la adaptación empresarial. Aunque el lujo existía, la novedad sería su mayor visibilidad y aislamiento. Propone que en sectores como las aerolíneas, la rentabilidad depende fuertemente del extremo alto: quienes pagan precios “exorbitantes” por viajar pueden permitir que el negocio sobreviva o incluso crezca.

Para describir la estructura de riesgo utiliza una imagen: una torre Jenga (juego que consiste en construir y retirar piezas de una torre de madera sin que esta se derrumbe). Si el apoyo de abajo se quita y el peso recae en la parte alta, la torre puede parecer sólida, pero se vuelve más frágil. La prosperidad del lujo puede esconder vulnerabilidad sistémica: el negocio depende de un “segmento” que sufre menos el golpe en el corto plazo, pero que también está más expuesto a cambios abruptos del contexto.

Además, apunta a un efecto social: los de arriba terminan viendo “solo su propio reflejo”. La multiplicación de vuelos privados, accesos diferenciados en estadios y espacios segregados reduce la interacción con el resto. En paralelo, los de abajo sí observan ese estilo de vida a través de redes sociales: allí se produce un choque cultural que intensifica la sensación de desigualdad, no solo como dato, sino como realidad emocional.

RESUMEN  

La economía en K como síntoma de una sociedad que bifurca futuros

La economía en forma de K, tal como la plantea Peter Atwater, no es una proyección ingeniosa para hablar de recuperación postcrisis. Es un diagnóstico: la crisis actúa como acelerador de una tendencia previa o latente, y la recuperación no repara por si  misma la desigualdad de manera automática, sino que la incrementa, caso los gobiernos no  tomen las medidas oportunas

Donde muchos veían “salidas” económicas (L, V o W), él subraya que la salida real es social: se abren caminos divergentes que abarcan salud, educación, tecnología, poder judicial y en el caso de España, también pensiones.

En el centro del argumento está la confianza. Cuando la sociedad pasa de la incertidumbre a la impotencia, cuando la gente percibe que no puede cruzar el umbral hacia una vida mejor, emergen tanto tensiones políticas como deseos de cambio, a veces canalizados por opciones populistas o por rechazo a las autoridades. 

La K, entonces, no solo describe la distribución de la riqueza, que también, sino que además y más importante, describe la distribución a futuro.

Si la crisis enseña algo, es que la prosperidad de unos no garantiza la estabilidad para todos. Y sino se corrigen los mecanismos que hacen más rígida la movilidad social, la letra K puede dejar de ser metáfora y convertirse en destino.

Fuente: El Pais.com 

CONCLUSIÓN (opinión)

Respecto a como va a afectar a España la economía en K.

Depende quien gane las próximas elecciones generales:

  • En el primer escenario, caso gane las elecciones los partidarios de la ideología neocón (ver Anexo I) impulsores en las autonomías de la economía en K .- No solo nada mejorará, sino que todo irá a peor, puesto que quedará demostrado que la “prioridad nacional” servirá, además de para expulsar a extranjeros que viven en España, también valdrá, para que Partido popular y Vox se llenen los bolsillos, más todavía. Puesto que, al rebajar la fiscalidad a la clase alta y a la patronal, indirectamente obligarán a que los impuestos de la clase trabajadora financien casi en exclusiva los Servicios Públicos (Sanidad, Educación, Servicios Sociales y Pensiones)
  • En el segundo escenario, caso gane las elecciones la izquierda y sigan gobernando.-El ascensor social será reparado, y el problema de la vivienda continuará avanzando en una solución, que principalmente favorezca a personas trabajadoras, pensionistas y también a los más desfavorecidos, legislando para obligar a las Comunidades autónomas a aplicar la normativa vigente, respecto compra y alquiler de vivienda, en el sentido de topar los precios, de manera que permita acceder a la ciudadanía a una vivienda digna, tal y como señala el artículo 47 de la Constitución Española.
En conjunto, estas son las consecuencias de la aplicación del ideario neocón a las  políticas del mundo en general y de España en particular, donde aquí de momento solo están siendo llevadas a cabo en las Autonomías donde gobierna el Partido Popular, bien solo (caso de Madrid) o bien acompañado de Vox.

ANEXO I

El término neocón es un acortamiento coloquial de neoconservador. Designa a una corriente ideológica nacida en Estados Unidos que defiende el capitalismo de libre mercado, el conservadurismo social y una política exterior fuertemente intervencionista con la justificación de promover la democracia.

Orígenes y Evolución

  • Década de 1960.- El movimiento surgió en EE. UU. de la mano de intelectuales liberales y de izquierda que se desencantaron con los excesos del estado del bienestar y el giro pacifista de la época.
  • Años 80 en adelante.- Se consolidó como una fuerza impulsora de la derecha tradicional, ganando gran influencia durante los gobiernos de Ronald Reagan y, posteriormente, en la administración de George W. Bush, que ahora continúa en los gobiernos de Donald Trump.

Características Principales

  • Política exterior agresiva.- Creen que el país debe usar su poder militar y económico para intervenir en asuntos globales, a menudo bajo la justificación de defender o exportar la democracia.
  • Liberalismo económico.- Fuerte respaldo al libre mercado y al capitalismo, defendiendo la reducción del intervencionismo estatal en la economía doméstica.
  • Conservadurismo cultural.- Defienden los valores morales, cívicos y religiosos tradicionales frente a lo que consideran una degradación provocada por movimientos sociales o contraculturales.

Fuente: Medios digitales.

30 de mayo de 2026

OPINIÓN. González vs Zapatero

 El magistrado emérito del Tribunal Supremo, José Antonio Martín Pallín, desempeñó un papel clave en el inicio de la mediación del expresidente José Luis Rodríguez Zapatero en Venezuela. 

A continuación se detallan los aspectos clave sobre la organización internacional involucrada y cómo se originó esta intervención:

El origen de la mediación

  • El rol de Martín Pallín.- El magistrado emérito fue la persona encargada de contactar y trabajar directamente para que José Luis Rodríguez Zapatero aceptara la labor de mediador en el conflicto venezolano. 
  • La organización internacional.- Martín Pallín actuó en su condición de comisionado español de la Comisión Internacional de Juristas (CIJ) con sede en Ginebra. Esta prestigiosa entidad está integrada por destacados jueces, magistrados y académicos del derecho de todo el mundo dedicados a la defensa de los derechos humanos y el Estado de derecho. 
  • El encargo inicial.- El propósito era facilitar vías de diálogo político, gestionar la pacificación institucional y destrabar procesos complejos, lo que posteriormente derivó en misiones concretas bajo el auspicio de la UNASUR y la posterior liberación de múltiples presos políticos en el país latinoamericano
RESUMEN 

La información anterior,  en su mayoría consta en artículo firmado por Martín Pallín en 2024, donde los juristas venezolanos Pedro Nikken y Carlos Ayala Corao, fueron quienes, desde el entorno de la Comisión Internacional de Juristas (CIJ), consideraron necesario promover una figura internacional de mediación entre el gobierno venezolano y la oposición. Martín Pallín afirma, que recibió el encargo de contactar primero con Felipe González, quien declinó la propuesta, y posteriormente con José Luis Rodríguez Zapatero, que aceptó asumir esa labor. Y que no era una mala elección, pues tenía en su currículum haber derrotado a la banda terrorista ETA.

Posteriormente, la mediación adquirió carácter institucional bajo el auspicio de la Unión de Naciones Suramericanas, que impulsó una misión integrada por Rodríguez Zapatero, Leonel Fernández y Martín Torrijos para facilitar el diálogo entre el gobierno de Nicolás Maduro y la oposición venezolana.

También está documentado que la misión de mediación fue respaldada por la UNASUR, recibió posteriormente apoyo internacional —incluyendo pronunciamientos favorables de la Organización de las Naciones Unidas y la participación del Vaticano en determinadas fases— y tuvo entre sus objetivos la apertura de canales de diálogo político y la búsqueda de soluciones respecto a presos y detenidos vinculados al conflicto político venezolano.

En síntesis, la propia versión de Martín Pallín sostiene que la iniciativa para incorporar a Rodríguez Zapatero como mediador nació en el entorno de la Comisión Internacional de Juristas y que él fue quien realizó el contacto que llevó a la aceptación de esa misión por parte del expresidente español.

CONCLUSION

Dicho de otro modo, el expresidente Zapatero no abandonó el Consejo de Estado por gusto,  sino porque se lo pidió el magistrado emérito del Tribunal Supremo, José Antonio Martín Pallín, pues por lo que fuese, antes lo había rechazado el expresidente Felipe González, al que primero se lo había propuesto, y es de suponer que Zapatero, quisiera mejorar la mala imagen que había dejado de España el expresidente González. Aunque luego, la envidia de jueces y políticos, manifiesten lo contrario. 

Los cobardes siempre prefieren  quedarse en tierra de nadie, para luego pretender llevarse el mérito, a base de dar patadas a la Constitución.

En Síntesis

En mi opinión, siempre ha sido, es y será, que quienes voluntariamente se posicionan en contra de los Derechos Humanos tanto dentro como fuera de España, además de quedar moralmente deslegitimados para repartir carnés de demócratas, luego, cobardemente, suelen atacar a quienes están por defender los derechos y libertades (es el caso del propio presidente del Gobierno, Pedro Sánchez) para finalmente, de modo miserable, quedarse con unos méritos que no les corresponden, pues nunca han trabajado por defenderlos. Toda esta manera de proceder, encaja con lo que comúnmente conocemos como fascismo.

Los derechos humanos deben defenderse  siempre, independientemente del color que sea el gobierno de un país que comete crímenes de guerra y así haya sido catalogado por la ONU.

Es decir, tan criminales de guerra es la Rusia de Putin, como el Israel de Netanyahu. Y a ver, a PP y Vox, sí que les he oído criminalizar los asesinatos de Putin en Ucrania, pero de la misma forma no les he escuchado nada en contra del genocidio de Netanyahu, primero  en Gaza y Cisjordania, y ahora en Líbano. 

Como tampoco dejan de criminalizar al Expresidente Zapatero por ganar 400.000 euros en 4 años, cuando los expresidentes Aznar y González, respectivamente ingresaron por comisiones, 5 millones de euros el primero y más de 400.000 euros el segundo en 4 años, a razón de 126.000 euros/año. Ver Anexo I

Fuente: Medios digitales

27 de mayo de 2026

ANÁLISIS Y OPINIÓN. Del caso Plus Ultra y de la frontera difusa entre lobby y tráfico de influencias

La investigación sobre Zapatero devuelve al primer plano la falta de una regulación clara sobre quién influye en las decisiones públicas, cómo lo hace y en nombre de qué intereses.

La imputación de José Luis Rodríguez Zapatero en el caso Plus Ultra ha reabierto, con fuerza, una pregunta que España arrastra desde hace años sin resolver de manera satisfactoria: ¿cómo regular con claridad la influencia de intereses privados sobre decisiones públicas? El debate no se agota en el recorrido judicial de un caso concreto. Más bien, actúa como catalizador de un problema estructural: en España existe el lobby, funciona y forma parte de la dinámica democrática, pero todavía se mueve en un terreno jurídicamente insuficiente, administrativamente fragmentado y socialmente sospechoso.

La sociedad suele percibir estas prácticas desde una lógica binaria —o bien son totalmente legítimas o bien se interpretan como corrupción—, pero esa simplificación impide comprender la naturaleza real del fenómeno. En una democracia avanzada, las empresas, sindicatos, asociaciones profesionales, ONG, plataformas ciudadanas y colectivos ecologistas buscan influir en leyes, reglamentos o decisiones administrativas. Y hacerlo no equivale automáticamente a delinquir: la participación y la defensa de intereses ante los poderes públicos es compatible con el Estado de Derecho. El conflicto surge cuando la influencia se ejerce sin transparencia, sin trazabilidad, o aprovechando relaciones personales privilegiadas para orientar una decisión en favor de intereses particulares.

Influencia no es corrupción: el problema está en la opacidad

El punto de partida correcto es diferenciar influencia de corrupción. La influencia, por sí sola, puede ser tan legítima como necesaria: permite que los poderes públicos conozcan información, impactos y perspectivas que, de otro modo, quedarían invisibilizadas. Sin embargo, cuando esa influencia carece de reglas claras o se desarrolla en un marco opaco, se alimenta la sospecha y se debilita la confianza ciudadana.

Ahí se sitúa el corazón del caso Plus Ultra: el juez debe determinar si la actuación investigada encaja en un tipo penal o si, como sostiene el expresidente, se trató de tareas propias de una actividad profesional de consultoría. Pero incluso si el desenlace judicial concluye que no hubo delito, el impacto político ya está hecho: el caso ha vuelto a poner sobre la mesa la falta de consolidación de una cultura de transparencia capaz de separar con nitidez lo legítimo de lo indebido.

En este sentido, el lobby no es una “anomalía importada” ni un fenómeno clandestino por definición. Un banco intentará influir en una regulación financiera, una patronal en una reforma laboral, una organización feminista en una ley de igualdad y una asociación ambiental en una norma urbanística. Lo decisivo no es prohibir el contacto con el poder —eso sería desnaturalizar la democracia—, sino regularlo: saber quién influye, en nombre de quién lo hace, con qué recursos, sobre qué decisión y mediante qué cauces de reunión o relación.

Marco parcial: códigos y registros que no terminan de cerrar el círculo

España ha avanzado en la construcción de reglas, pero lo ha hecho de forma desigual y todavía no alcanza el nivel de claridad y homogeneidad que demanda la confianza pública. Por un lado, existen códigos de conducta en las Cortes Generales orientados a mejorar la transparencia y reforzar la ejemplaridad de los parlamentarios. Por otro, el Gobierno ha impulsado mecanismos como un registro de grupos de interés y la llamada “huella legislativa”, que pretende que los proyectos normativos reflejen actividades de influencia que pudieron incidir en su elaboración.

La intención es precisamente una: hacer visible lo que con frecuencia queda en la sombra. Reuniones, aportaciones, contactos previos y redes de interlocución. Sin embargo, el caso Plus Ultra evidencia que, aun con estos instrumentos, falta una consolidación cultural y normativa suficiente para evitar que el debate público mezcle categorías distintas: consultoría con lobby, lobby con tráfico de influencias, tráfico de influencias con puertas giratorias.

Esa confusión no solo perjudica la imagen del sistema democrático, sino que también afecta a quienes desarrollan actividades legítimas bajo estándares éticos. De hecho, la Asociación de Profesionales de las Relaciones Institucionales ha defendido explícitamente que “el lobby no es corrupción, ni tráfico de influencias”. Y su defensa apunta a algo esencial: la regulación debe ser precisa, no punitiva indiscriminada.

La línea roja: prevalimiento y beneficio económico

El núcleo conceptual que separa la actividad permitida de la conducta penalmente relevante es la línea roja: cuando la influencia se ejerce mediante prevalimiento (aprovechar una posición o una relación privilegiada), con opacidad o con el objetivo de obtener una decisión favorable que produzca un beneficio económico.

Por eso, el tráfico de influencias —tipificado penalmente— no se agota en “hablar con un cargo público”. Su lógica exige algo más: que haya un uso indebido de la posición propia, de contactos o de relaciones para orientar una resolución en beneficio particular, ya sea propio o de terceros.

Aplicado al caso Plus Ultra, la investigación judicial deberá aclarar si existió una red que utilizara el “acceso” al poder —o su capacidad derivada de haber ocupado cargos de relevancia— para conseguir beneficios vinculados al rescate de una aerolínea, y si esa conducta supera el umbral entre consultoría e influencia indebida.

Un debate que va más allá del expediente penal

Aunque el procedimiento penal marque el ritmo del caso, sus implicaciones políticas son más amplias. El episodio ha reactivado el debate sobre dos cuestiones: la regulación del lobby y el papel de los ex altos cargos en actividades privadas. Y, en ese punto, el debate pierde fuerza cuando se plantean dos extremos.

El primero es el error de criminalizar toda actividad de influencia, como si cualquier relación entre sociedad civil y poder público fuera sospechosa. Esto no solo sería injusto, también destruiría una dimensión esencial de la democracia: la pluralidad de actores que aportan información y propuestas.

El segundo error es igual de peligroso: normalizar la opacidad bajo la excusa de que “todo el mundo hace lobby”. La democracia necesita escuchar intereses diversos, pero también necesita saber quién los representa, con qué legitimidad interviene y qué obtiene a cambio. La transparencia no elimina el conflicto de intereses, pero lo hace visible y por tanto gestionable dentro de reglas.

CONCLUSIÓN

El caso Plus Ultra actúa como un espejo incómodo: no solo plantea la posible existencia de delitos, sino que evidencia una asignatura pendiente del sistema político español. España tiene mecanismos para ordenar la influencia, pero todavía carece de una arquitectura suficiente y una cultura de transparencia consolidada que permita distinguir con claridad entre consultoría legítima, lobby regulable y tráfico de influencias.

Por eso el desafío no es escoger entre prohibición o normalización acrítica, sino construir una regulación que sea a la vez exigente y proporcionada: que exija trazabilidad, registro y publicidad razonable; que identifique a los actores y sus objetivos; y que deje fuera de la impunidad tanto la corrupción como la opacidad.

Regular el lobby no es atacar la democracia, es protegerla.

Fuente: El Plural.com

Consecuencias de la persecución política y judicial, al Presidente del Gobierno, a su entorno familiar y a los iconos de la izquierda.

En los últimos años, los rocambolescos comportamientos tanto de los partidos de la oposición, como de la judicatura, solo puede entenderse a partir, de la coordinación de la X de la corrupción que presuntamente dirige el expresidente Aznar, que azota a sus huestes bajo el eslogan “el que pueda hacer que haga” que mi opinión, suena a un “el que pueda robar, que robe”

El expresidente del partido popular, tiene mucho que callar de cuando presidía el gobierno de España, pues la mayoría de sus ministros, terminaron imputados o en la cárcel, mientras que el señor Aznar repetía, incluso en los juzgados, desconocer dichos casos de corrupción.  Y como no, los jueces le creyeron. Faltaría más. No así a Zapatero que es un rojo.

El Señor Aznar, así mismo, durante su mandato, nos metió en una guerra ilegal, a consecuencia de lo cual, hubo un ataque terrorista y yihadista en Madrid,  para luego poder echar la culpa a ETA, durante la campaña electoral de las generales del 2004. También le regaló las inmatriculaciones a la Iglesia, y liberalizó los suelos, que desembocó en la crisis del 2007/2008. En diciembre de 2011, cogió la presidencia del Estado, el ahora expresidente Rajoy, que según cuenta Villarejo, hacía cola para cobrar sobresueldos de 10.000 euros/mes, pero a los ciudadanos nos mandaba a las colas del hambre a comer. Así les cuadran las cuentas a estos fascistas.

El informe de la UDEF sobre Zapatero, un castillo de naipes

Aquí les dejo, un resumen estructurado del llamado “auto de imputación” contra José Luis Rodríguez Zapatero en el denominado “caso Plus Ultra”, según la información publicada sobre el auto judicial de la Audiencia Nacional.

Resumen estructurado del auto de imputación

1. Contexto del caso

El procedimiento judicial se enmarca en la investigación sobre el rescate público de 53 millones de euros concedido a la aerolínea Plus Ultra Líneas Aéreas a través del Fondo de Apoyo a la Solvencia gestionado por la SEPI durante la pandemia.

El juez instructor, José Luis Calama, sostiene que pudo existir una red de tráfico de influencias destinada a facilitar la aprobación de esas ayudas públicas.

2. Delitos investigados

El auto atribuye provisionalmente a Zapatero indicios de participación en:

  • Organización criminal
  • Tráfico de influencias
  • Falsedad documental
  • Posible blanqueo de capitales (en investigación)

Importante: la imputación no equivale a condena. Jurídicamente significa que existen indicios suficientes para investigarle formalmente.

3. Tesis principal del juez

El magistrado describe una presunta, “estructura estable y jerarquizada de tráfico de influencias” supuestamente liderada por Zapatero.

Según el auto:

  • se habrían utilizado contactos políticos y acceso a altos cargos;
  • para favorecer intereses empresariales concretos;
  • a cambio de contraprestaciones económicas canalizadas mediante sociedades y contratos de consultoría.

4. Funcionamiento presunto de la trama

a) Objetivo principal

Conseguir la aprobación del rescate público de Plus Ultra.

b) Método presunto

El juez sostiene que la red:

  • mantenía contactos con responsables públicos;
  • accedía anticipadamente a información reservada;
  • y utilizaba sociedades instrumentales para mover fondos.

5. Personas y sociedades mencionadas

Julio Martínez Martínez

Empresario considerado pieza central de la red. Según el juez:

  • actuaba como intermediario con clientes;
  • gestionaba sociedades utilizadas para canalizar pagos;
  • y ejecutaba instrucciones vinculadas al entorno de Zapatero.

Empresas citadas

Entre las mercantiles investigadas aparecen:

  • Caletón Consultores
  • Summer Wind
  • Idella Consulenza Strategica
  • Landside Dubai FZCO / Landside Middle East FZCO
  • Análisis Relevante
  • Whathefav SL (empresa vinculada a las hijas de Zapatero)

6. Indicios señalados por el juez

El auto menciona varios tipos de indicios:

a) Mensajes y chats

La investigación incluye conversaciones de WhatsApp y otros mensajes donde presuntamente se habla de:

  • gestiones para el rescate;
  • pagos;
  • e influencia política.

b) Contratos de consultoría

El juez sospecha que ciertos contratos de asesoría pudieron utilizarse para justificar pagos sin actividad real equivalente.

c) Pagos al entorno de Zapatero

El auto recoge transferencias económicas hacia:

  • Zapatero;
  • y sociedades vinculadas a su entorno familiar.

d) Sociedades offshore

La resolución judicial menciona la creación de estructuras en Dubái que podrían haberse usado para canalizar fondos fuera de España.

7. Segunda línea de influencia investigada

Además del rescate español, el juez investiga supuestas gestiones ante autoridades aeronáuticas venezolanas para facilitar permisos de vuelo de Plus Ultra.

8. Posición de la defensa y del Gobierno

Zapatero ha negado cualquier ilegalidad y sostiene que:

  • no participó en actividades delictivas;
  • no creó sociedades opacas;
  • y las acusaciones se basan solo en indicios e interpretaciones.

El Gobierno español ha señalado públicamente que el auto contiene “indicios”, pero no pruebas concluyentes.

9. Situación procesal actual

  • La Audiencia Nacional levantó parcialmente el secreto del sumario.
  • Zapatero ha sido citado a declarar como investigado.
  • La declaración inicialmente prevista para el 2 de junio fue aplazada a los días 17 y 18 de junio.

10. Claves jurídicas importantes

Qué significa “imputado” o “investigado”

En el sistema penal español:

  • no implica culpabilidad;
  • no supone condena;
  • ni prueba definitiva de delito.
Fuente: Medios digitales

 RESUMEN

La Policía atribuye al expresidente una red de influencias, pero su tesis se apoya en inferencias, terceros y pocas pruebas directas. Mencionan una presunta red organizada, de influencias ilícitas, sociedades interpuestas y fondos canalizados hacia el entorno del exdirigente socialista; pero cuando se busca el núcleo duro de tal acusación, el edificio se tambalea como un castillo de naipes. Seguimos sin mensajes directos ni reuniones –entre otras pruebas de calado- acreditadas de a quien le atribuyen el liderazgo del entramado.

 Principales incoherencias y flaquezas del auto judicial de 85 páginas

  • Atribución de liderazgo sin pruebas directas.- El magistrado califica de manera rotunda a Zapatero como el líder de una "estructura estable y jerarquizada de tráfico de influencias". Sin embargo, juristas y analistas penales apuntan que el propio auto sitúa la ejecución de las gestiones y el conocimiento de los hechos de forma exclusiva en su amigo, el intermediario Julio Martínez Martínez, sin aportar pruebas documentales directas de que el expresidente ordenara o dirigiera la trama.
  • Errores en el auto al asignarle a Summerwind  entregas de dinero a la trama.- La empresa alega ante al juez Calama que no recibió fondos de Plus Ultra y señala errores sobre su actividad en el auto. Summerwind,  que desarrolla su actividad en el sector aeronáutico, ha remitido un escrito a la Audiencia para aclarar que no recibió fondos de Plus Ultra, sino que abonó a esta operadora más de 3,2 millones de euros en su condición de bróker mediador entre clientes y la aerolínea.
  • Uso de un tono más policial que judicial.- Críticos del sector jurídico señalan que el redactado del auto recurre constantemente a un "océano de insinuaciones, sospechas y juicios de valor". Se argumenta que adopta un tono extrañamente definitivo (apodíctico) que es habitual en un atestado de la Policía Judicial pero impropio de una resolución de instrucción judicial, la cual debería ceñirse a una constatación objetiva y neutral de indicios en una fase inicial de la investigación.
  • Acusación de "organización criminal" descompensada.- Para imputar el delito de organización criminal se exige legalmente la existencia de un grupo concertado en el tiempo para delinquir de forma continuada. Las críticas aluden a que, más allá de la mediación puntual del rescate de la aerolínea Plus Ultra de 53 millones de euros, el auto únicamente menciona como "continuidad delictiva" una supuesta gestión de Zapatero para autorizar el despegue de un vuelo de Caracas a España, lo que se considera un soporte escaso para sostener la existencia de una red mafiosa estable.
  • Confusión entre "lobby" y tráfico de influencias.- El entorno de la defensa subraya la ambigüedad en la que incurre el documento al no delimitar nítidamente la barrera legal. Se argumenta que el magistrado criminaliza las labores de consultoría internacional, mediación diplomática y relaciones institucionales que ejerce un expresidente, confundiéndolas de manera generalizada con la comisión de un delito penal.

Las empresas rescatadas durante la pandemia lo supieron antes de las aprobaciones de la SEPI, igual que Plus Ultra

El juez ve como indicio de tráfico de influencias que la aerolínea celebrase su ayuda por adelantado, pero lo habitual era que las compañías supiesen de antemano que el desenlace era inminente

En el marco de los rescates empresariales impulsados durante la pandemia, el procedimiento del Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas (FASEE) se presentó como una vía para garantizar la continuidad de sectores esenciales y evitar quiebras masivas. Sin embargo, más allá de la finalidad declarada, los datos y episodios recogidos en el caso “Plus Ultra” apuntan a una tensión entre la operativa real del sistema y el relato —cuando se sostiene— de que todo dependía de decisiones formales, estrictamente encadenadas y sin asimetrías informativas. La cuestión central no es solo si hubo ayudas, sino cómo se conocían, con qué antelación y qué significaba, en la práctica, que determinados actores “supieran” el desenlace antes de que este se plasmara oficialmente.

El juez del caso Plus Ultra, José Luis Calama, señaló en el auto de imputación del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero que existía un indicio de tráfico de influencias. El argumento se apoya en que habría existido “acceso anticipado a información privilegiada sobre la inminente concesión de la ayuda” por parte de la SEPI. Ahora bien, los propios datos aportados muestran un patrón difícil de aislar del funcionamiento habitual del procedimiento: la ayuda no se concedía mediante un mecanismo automático y cerrado, sino mediante una especie de negociación administrativa en la que intervienen técnicos, asesores independientes y la propia empresa solicitante, que debe aportar documentación, planes de viabilidad y evidencias de elegibilidad. En otras palabras: si el expediente avanzaba y los informes se iban completando, era razonable —al menos desde el punto de vista operativo— que el interesado pudiera anticipar que la resolución final sería favorable.

Esa “lógica” del procedimiento aparece reforzada por un conjunto de hechos que, en lugar de describir casos aislados de ocultación o de un circuito clandestino de información, reflejan que muchas compañías tuvieron acceso a un conocimiento detallado del estado de tramitación. En algunos casos, incluso se trataba de información difundida con apariencia de transparencia, ante reguladores y mercados, como si la comunicación anticipada fuese parte del acompañamiento normal del proceso. Según el relato aportado, no habría sido excepcional que las empresas supieran “el minuto a minuto” de los trámites realizados por técnicos de la SEPI y por sus asesores externos, e incluso que comunicaran al mercado el avance de expedientes que aún no estaban cerrados.

Las cuatro empresas cotizadas que solicitaron financiación pública y que, por obligaciones de transparencia, dejaron un rastro particularmente visible, fueron Técnicas Reunidas, Tubos Reunidos, Duro Felguera y Airtificial. En ellas, se observa un fenómeno clave: sus comunicaciones públicas no solo daban certeza antes del visto bueno del Consejo de Ministros, sino en algunos casos antes incluso de la decisión del Consejo Gestor del fondo. Este detalle resulta especialmente relevante porque desplaza el foco desde una supuesta “sorpresa” del rescate hacia una realidad: el mercado podía percibir con semanas de antelación —o con días estratégicos— que el desenlace era casi seguro. Además, se señala que empresas no cotizadas, como Air Europa y Hotusa, también habrían conocido por adelantado que recibirían la ayuda de la SEPI. Y, aun cuando los informes de la UDEF aportados al sumario no describen ese flujo de información anticipada como una práctica consolidada, los registros de comunicaciones y la secuencia temporal sugieren que el conocimiento previo no era un accidente, sino una derivada del propio diseño procedimental.

En Técnicas Reunidas, el patrón de anticipación queda documentado desde noviembre de 2021. La empresa comunicó los términos y condiciones de la ayuda y el hecho de que el proceso se acercaba a su final. De hecho, la SEPI publicó el 1 de febrero de 2022 una nota de prensa en la que afirmaba que sus técnicos y asesores independientes habían concluido el análisis para conceder 340 millones de euros al grupo, canalizados en un préstamo ordinario y en un préstamo participativo. Si se añade la cita incluida en los datos —que señalaba que en los próximos días se sometería a aprobación del Consejo Gestor y, posteriormente, a la autorización del Consejo de Ministros—, se entiende que la información ya estaba consolidada en términos operativos antes del sello formal. Para inversores, accionistas y mercado, el rescate no era una posibilidad remota sino un desenlace prácticamente determinado.

En el caso de Tubos Reunidos, el presidente anunció en la junta de 30 de junio de 2021 la llegada inminente de financiación por 112,8 millones a través del FASEE. El Consejo Gestor revisó la operación el 13 de julio y el paso por el Consejo de Ministros se produjo el 20. Así, la dirección de la compañía no solo conocía el eventual rescate: lo comunicaba ante accionistas antes de que el expediente se cerrara en los órganos decisores. Lo relevante aquí es la distancia temporal: días y semanas que, en términos jurídicos, pueden reinterpretarse como “asimetría informativa”, pero que, en términos administrativos, encajan con el avance de un expediente que ya había superado fases sustantivas.

Airtificial ofreció otra manifestación del mismo fenómeno. La empresa informó el 26 de mayo de 2021 —“atendiendo a la evolución del trámite” ante el Fondo encomendado a la SEPI— de que aumentaría capital en 21,2 millones y que el esfuerzo de los accionistas se sumaba al apoyo público. Aunque el Consejo Gestor no aprobó el rescate hasta el 2 de noviembre, el mensaje inicial evidencia que la dirección entendía el resultado como prácticamente en curso. En Duro Felguera, la secuencia es aún más ilustrativa: desde 28 de agosto de 2020 se informa de una situación crítica y de la petición de 100 millones; después se amplían necesidades, se entra en periodo de análisis y se publica el plan de viabilidad como condición previa. La empresa incluso refleja la resolución favorable en su web el mismo día en que se produce, y la aprobación posterior del Consejo de Ministros llega después. De nuevo, lo que emerge no es un rescate “sorpresivo” sino un proceso que se va cerrando con etapas previsibles para quien participa activamente en la tramitación.

En paralelo, Hotusa y Air Europa aparecen como casos en los que también habría existido conocimiento anticipado. Se dice que Hotusa sabía con antelación —el 23 de septiembre de 2021— que “todo estaba listo” antes de que el expediente llegara al Consejo Gestor y posteriormente al Consejo de Ministros el 5 de octubre. En Air Europa, la información informal sobre la luz verde habría llegado semanas antes de la aprobación efectiva. Este conjunto de ejemplos es clave porque, en lugar de aislar un único expediente, construye un contexto: varias empresas habrían podido anticipar el desenlace, bien por la evolución material del procedimiento, bien por una comunicación más fluida de la habitual entre administración y solicitantes.

Llegados a Plus Ultra, los datos permiten comprender dónde se sitúa el conflicto. El informe de la UDEF sobre el sostén de la SEPI a la aerolínea sostiene que la compañía supo que tendría el visto bueno al menos el 26 de febrero de 2021, cuando todavía faltaban cuatro días para el visto bueno del Consejo Gestor y once para que el Consejo de Ministros otorgara el apoyo. La operación —dos créditos por un total de 53 millones— debía servir para sostener paralización de vuelos y crisis de demanda. Pero lo decisivo, según el relato, no es solo el conocimiento de la empresa sobre el avance técnico: es la existencia de un mensaje y una supuesta “red” de influencia en torno a la decisión.

Aquí entra en escena un elemento diferencial: la conversación y el intercambio de mensajes entre Rodolfo Reyes y Julio Martínez Martínez. Según se recoge, el trabajo de DC Advisory para la SEPI (sobre requisitos de elegibilidad) está fechado el 23 de febrero de 2021, mientras que Aviación Civil firma un análisis el 24 y Deloitte cierra un informe el 26. En esa misma fecha, se afirma que Julio Martínez Martínez felicita a Reyes tras “obtener el préstamo” y que el mensaje sugiere conocimiento previo y extra procedimental, con la hipótesis policial de que habría venido de la propia SEPI. La frase recogida —“Denota y evidencia un conocimiento previo y extra procedimental”— busca distinguir entre “conocer el proceso por ser parte del expediente” y “conocerlo por vías que no son estrictamente propias del procedimiento”.

El juez Calama suscribe la tesis policial al indicar que la capacidad de la red de influencia para acceder a información privilegiada quedó patente porque el mensaje “celebraba la concesión de la ayuda antes de la decisión formal”. No obstante, el propio texto contrasta esa conclusión con el argumento de que lo ocurrido en Plus Ultra se encuadra, al menos parcialmente, en la lógica ordinaria del rescate. Fuentes cercanas a la tramitación sostienen que, dentro del procedimiento, intervienen técnicos, asesores externos y la propia compañía, y que cuando los informes favorables están entregados y se ha verificado el cumplimiento de requisitos, “cabía anticipar una resolución favorable”. Así, si la empresa conocía esos hitos (informes, aprobaciones técnicas internas, verificaciones), la antelación podría explicarse como consecuencia del expediente, no necesariamente como resultado de una filtración ilícita.

Esta tensión —entre la explicación “procedimental” y la interpretación “extra procedimental”— es el punto central para determinar si los datos aportados, describen suficientemente, el ecosistema donde las empresas, especialmente las cotizadas, se encontraban obligadas a informar al mercado y, aun así, muchas lo hacían con anticipación respecto al sello formal de las decisiones. Eso no prueba por sí solo la existencia de tráfico de influencias, pero sí desdibuja el carácter excepcional del conocimiento anticipado. En ese contexto, la pregunta que queda abierta es si el problema, cuando aparece, está en la anticipación en sí misma —que parecería conectada al avance normal de expedientes— o en la forma en que ese conocimiento se transforma en redes personales, mensajes celebratorios y supuestas conexiones que exceden el circuito administrativo ordinario.

CONCLUSIÓN

Los datos expuestos, permiten afirmar que el conocimiento anticipado de los rescates por parte de algunas empresas fue, al menos en determinados sectores y con diferentes grados, una realidad verificable: registros ante CNMV, comunicaciones corporativas y secuencias temporales muestran que el mercado y los accionistas conocían el “sentido” del desenlace antes de su ratificación institucional. Frente a eso, el caso Plus Ultra introduce el componente que pretende diferenciar lo administrativo de lo presuntamente irregular: mensajes que celebran la concesión antes de la decisión formal y que, según la tesis policial y judicial, implicarían acceso a información privilegiada por vías no plenamente justificables por el propio procedimiento. Así, el estudio de estos datos sitúa el debate en un punto crítico: no basta con preguntar si se sabía; hay que determinar cómo se supo, qué parte del conocimiento procede del expediente y en qué momento se cruza la línea hacia mecanismos que pueden ser calificados —o no— como influencia indebida.

Fuente: El Pais.com

Los tiempos de la Audiencia Nacional. Ahora mismo se juzgan casos de 2008

José Luis Rodríguez Zapatero tendrá que comparecer ante la Audiencia Nacional los días 17 y 18 de junio. La fecha, lejos de significar el cierre de un proceso, marca el inicio de una etapa clave dentro del llamado “Caso Plus Ultra”, una investigación que busca esclarecer si existieron delitos vinculados a una presunta organización criminal, tráfico de influencias y falsedad documental. En este punto del procedimiento, el foco no está en dictar sentencia —no sería competencia de ese primer órgano judicial—, sino en comprobar si los indicios ya recogidos por el juez instructor sostienen o no la apertura de un eventual juicio oral.

La comparecencia se celebrará ante el juez de Instrucción José Luis Calama, quien dirigirá el interrogatorio y planteará a Zapatero preguntas en torno a los elementos contenidos en su auto. El objetivo es determinar, a partir de las respuestas del expresidente, si el relato instructor gana consistencia probatoria o, por el contrario, si se debilita. Esta fase, por tanto, funciona como un filtro judicial: puede confirmar la solidez de la imputación o introducir dudas relevantes que frenen la escalada del caso hacia una fase de juicio.

Ahora bien, el procedimiento español —según se desprende de lo que se advierte en los datos expuestos— no responde únicamente a la voluntad del juez o al volumen de documentación, sino también a la capacidad material del sistema. Si el magistrado Calama concluye que los indicios de su auto tienen base suficiente y que, además, las declaraciones de Zapatero refuerzan la idea de una conducta delictiva, el caso podría continuar su curso. Sin embargo, ese avance no implica necesariamente que el juicio llegue pronto. La posibilidad de que el procedimiento se demore “por años” se relaciona con factores estructurales: acumulación de causas, saturación de los tribunales, complejidad técnica de los análisis y tiempos inevitables de tramitación.

En el horizonte, por tanto, aparece el riesgo de que el expresidente del Gobierno quede sometido a un “limbo judicial”. Ese concepto no es menor: en términos prácticos, supone que una persona puede permanecer durante largo tiempo en una situación de incertidumbre respecto a su inocencia o culpabilidad, mientras el proceso transita instancias superiores que deciden si procede o no la apertura del juicio oral y, posteriormente, si se mantiene la acusación en términos de forma y de fondo. El sistema, así, puede transformarse —para el investigado y su entorno— en un escenario de espera prolongada donde el derecho se materializa con lentitud.

Un argumento adicional, aportado por el penalista José María de Pablo, sirve para enmarcar la perspectiva temporal. En su análisis público a través de la red social X, el abogado propone una especie de calendario de referencia para 2026: tres “macrojuicios mediáticos” que se celebrarán en la Audiencia Nacional. Aunque se trate de causas distintas —y no afecten de manera directa a la agenda del “Caso Plus Ultra”—, sí ofrecen una imagen del volumen de trabajo judicial y de la intensidad del momento procesal.

El caso Púnica, el caso Lezo y el caso Gowex son tres de los mayores escándalos de corrupción y fraude económico ocurridos en España durante la última década, donde los dos primeros conciernen al PP. Aunque cada uno tuvo características distintas, todos provocaron un fuerte impacto político, económico y social, además de aumentar la desconfianza ciudadana hacia las instituciones y las grandes empresas.

  1. El primero citado es el “Caso Púnica”, cuya pieza 7 se encuentra en curso desde enero. Se abrió en 2014 y abarca hechos situados entre 2008 y 2012. La dimensión temporal de la causa es ilustrativa: evidencia cuánto tarda en llegar un asunto desde la fase inicial hasta el debate judicial en sede plena. Este  caso, fue una trama de corrupción política destapada en 2014 por la Audiencia Nacional. La investigación reveló una red formada por empresarios y cargos públicos, principalmente vinculados al Partido Popular en la Comunidad de Madrid y otras regiones, que manipulaban contratos públicos a cambio de comisiones ilegales. La presunta trama estaba liderada por el exconsejero madrileño Francisco Granados y el empresario David Marjaliza. Según las investigaciones, varias empresas habrían conseguido adjudicaciones amañadas en servicios públicos como energía, limpieza o eficiencia energética mediante sobornos y pagos irregulares. El caso afectó a numerosos alcaldes y altos cargos y se convirtió en uno de los mayores ejemplos de corrupción municipal y autonómica en España.
  2. El segundo es el “Caso Lezo”, con previsión de pasar por los tribunales en octubre. Su pieza 2 fue abierta en 2016, referida a hechos entre 2003 y 2008. De nuevo, la amplitud cronológica de los hechos investigados y la duración de la tramitación reflejan el peso del proceso penal en España, particularmente cuando las tramas implican múltiples actores y operaciones complejas. Este caso, también salió a la luz hace años y estuvo relacionado con la gestión del Canal de Isabel II, empresa pública encargada del suministro de agua en Madrid. La investigación descubrió presuntas operaciones fraudulentas, desvío de fondos públicos y compra irregular de empresas en Latinoamérica. El principal investigado fue Ignacio González, expresidente de la Comunidad de Madrid. Según la Fiscalía, parte del dinero público se habría utilizado para enriquecimiento personal y para beneficiar a determinadas personas y sociedades. El caso evidenció problemas de control en empresas públicas y supuso otro duro golpe para la imagen política madrileña.
  3. Por último, se cita el “Caso Gowex”, con comienzo estimado para diciembre, una causa que, tras denunciarse inicialmente en 2014, afecta a supuestos hechos hasta 2013. Este caso pone el acento en el fraude y la manipulación contable en el ámbito empresarial, y también en el efecto demoledor que puede tener para miles de inversores y para la confianza en los mecanismos de supervisión financiera. Este caso fue un gran fraude empresarial descubierto en 2014. Gowex era una empresa tecnológica dedicada al wifi urbano que cotizaba en el Mercado Alternativo Bursátil. Todo cambió cuando la firma Gotham City Research publicó un informe asegurando que la compañía falseaba sus cuentas. Poco después, su fundador y consejero delegado, Jenaro García, confesó que había manipulado los balances durante años y que gran parte de los ingresos eran ficticios. La empresa quebró rápidamente y miles de inversores perdieron su dinero. El escándalo puso en duda los mecanismos de control financiero y la supervisión del mercado bursátil español.

Estas referencias funcionan como un marco interpretativo para la situación de Zapatero. Si en 2026 existe una concentración de grandes procesos en la Audiencia Nacional, el tiempo de tramitación del “Caso Plus Ultra” puede verse condicionado por la prioridad material que exigen otros expedientes igualmente voluminosos. Dicho de otro modo: aunque la instrucción determine si hay pruebas suficientes, el ritmo para convertir esa conclusión en juicio oral puede depender de la agenda judicial y de la disponibilidad de recursos.

En resumen, los datos aportados dibujan un escenario procesal en dos planos. En el plano inmediato, los días 17 y 18 de junio se celebra una comparecencia decisiva en la que el juez Calama interrogará a Zapatero para medir la solidez de los indicios y su encaje con los delitos imputados. En el plano mediato, el proceso penal —por su complejidad y por factores organizativos— puede prolongarse durante años, retrasando el momento en que se resuelva definitivamente la acusación. Todo ello convierte la etapa de instrucción en un tiempo de espera cargado de consecuencias, tanto para la estrategia de defensa como para el derecho a una resolución en plazo razonable, especialmente cuando el sistema judicial se ve absorbido por otros “macrojuicios mediáticos” que también ocupan la atención de la Justicia y de la sociedad. 

Aunque este que escribe intuye, que caso avanzar dicho proceso penal, coincidirá con la fecha de las elecciones  generales en el 2027. Se admiten apuestas.

Fuente: El Plural.com

CONCLUSIÓN

Por todo ello deduzco, que el juicio por el caso Plus Utlra, y contra Zapatero, no estaba previsto para que empezara este año, pero ya sabemos como se las gasta el padrino del PP, ·”si el que puede hacer, no hace nada” (casi excomulga a los presidentes de la Conferencia Episcopal y de la CEOE cuando se atrevieron a contrariarle). Pero los acontecimientos mandan, pues entiendo resulta aterrador para el partido popular, el panorama que se le viene encima, por el rosario de juicios por corrupción que tienen que hacer frente  este año y los siguientes. Por ello el juez de la Audiencia Nacional que estaba de turno, no le quedó más remedio que cumpliendo las órdenes de sus jefes, improvisar haciendo un auto en 24 horas, con un corta y pega, de los informes de la UDEF (que supongo sin querer, copió las exnovias de Ábalos) que ciertamente bien parece que ha quedado un poco tocada su credibilidad. Pero supuestamente, tendrá promesa de los mismos magistrados del Tribunal Supremo que condenaron al exfiscal general del Estado, de que  meterán en prisión, aunque sean sin pruebas concluyentes al expresidente Zapatero.

Una cosa más, la policía judicial, tiene la obligación de aportar pruebas en sus informes, junto a las sospechas, porque si no hay evidencias directas, además de no ser legal el informe, correría el riesgo de ser confundido con el guion de una película. Y por cierto, publicar fotos de los contenidos de una caja fuerte es una filtración ilegal en la fase de instrucción de un proceso, y espero que el Tribunal Supremo también haya tomado nota al respecto, para meter en prisión a los autores de ese delito, al igual que hicieron antes con el exfiscal general del Estado. 

Por cierto el PP tienen que estar gastándose una pasta gansa en marketing político y digital, para tomar contramedidas inmediatas contra el rosario de juicios por corrupción que se les viene encima, porque ahora que se jubila el juez Peinado, algo hay que hacer. Y que menos que imputar al expresidente Zapatero, sin pruebas directas, faltaría más, pero con la aprobación del expresidente Aznar (presunta X de la corrupción del PP) y la de Felipe González (presunta X de los GAL y de la corrupción del PSOE).

Compárenlo con el Anexo I, donde figuran la lista de leyes aprobadas por el expresidente Zapatero cuando fue presidente del Gobierno de España. Y también el Anexo II, donde se explica como trabajó el expresidente Zapatero en Venezuela para sacar de la cárcel a los presos políticos. Pero eso en España, a jueces y políticos, les resulta indiferente.

Fuente: Redacción

ANEXO I

Leyes aprobadas por Zapatero durante el periodo que fue presidente del gobierno

Durante los dos mandatos de José Luis Rodríguez Zapatero como presidente del Gobierno de España (2004-2011), las Cortes Generales aprobaron un total de 308 leyes.

A continuación se detallan las leyes aprobadas más importantes, clasificadas por áreas de impacto:

Derechos Civiles y Sociales

  • Ley del Matrimonio Homosexual (Ley 13/2005): Modificó el Código Civil para permitir el matrimonio entre personas del mismo sexo y su derecho a la adopción. España fue el tercer país del mundo en legalizarlo. 
  • Ley del "Divorcio Exprés" (Ley 15/2005): Agilizó el proceso de separación eliminando la obligación de alegar causas (como infidelidad) y reduciendo los tiempos de espera mínimos a tres meses. 
  • Ley de Identidad de Género (Ley 3/2007): Permitió a las personas trans cambiar su nombre y sexo legal en el Registro Civil sin necesidad de someterse a cirugías de reasignación genital previa. 
  • Ley de Memoria Histórica (Ley 52/2007): Reconoció y amplió derechos en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la dictadura franquista. 

Igualdad, Bienestar y Educación

  • Ley Integral contra la Violencia de Género (Ley Orgánica 1/2004).- Primera ley aprobada en su mandato. Introdujo medidas de protección a las víctimas, agravantes penales para los agresores y creó los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.
  • Ley de Dependencia (Ley 39/2006).- Creó el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia para garantizar ayudas del Estado a personas que no pueden valerse por sí mismas.
  • Ley de Igualdad Efectiva (Ley Orgánica 3/2007).- Buscó combatir la discriminación laboral, fomentando la paridad en listas electorales y en consejos de administración de grandes empresas.
  • Ley del Aborto (Ley Orgánica 2/2010).- Modificó el sistema anterior para pasar a una ley de plazos, despenalizando la interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 14 de gestación.
  • LOE (Ley Orgánica de Educación, 2006).- Sustituyó a la LOGSE y a la LOCE, introduciendo la polémica asignatura de Educación para la Ciudadanía

Sanidad y Convivencia Ciudadana

  • Ley Antitabaco (Ley 28/2005 y su reforma de 2010).- Prohibió inicialmente fumar en centros de trabajo y parcialmente en hostelería. Su reforma de 2010 prohibió por completo el tabaco en cualquier espacio público cerrado (bares, restaurantes, discotecas). 
  • Ley de Seguridad Vial (2005).- Introdujo el actual sistema de carné por puntos con el objetivo de reducir la siniestralidad en carretera.

Medidas Económicas y Reformas por la Crisis (2008-2011)

A partir de 2008, el Gobierno aprobó drásticos decretos y leyes para contener el déficit fiscal: 

  • Creación del FROB (2009).- Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria para rescatar e intervenir entidades financieras solventes con problemas de liquidez.
  • Plan de Ajuste del Déficit (Decreto-Ley de mayo de 2010).- Redujo un 5% de media el salario de los funcionarios, congeló las pensiones contributivas y eliminó el "cheque-bebé" (ayuda de 2.500 euros por nacimiento).
  • Reforma Laboral de 2010.- Abarató los costes del despido e introdujo mayor flexibilidad a los convenios colectivos frente a las pérdidas empresariales.
  • Reforma Constitucional del Artículo 135 (2011).- Pactada con urgencia junto al Partido Popular, introdujo en la Constitución el principio de estabilidad presupuestaria para limitar por ley el déficit público del Estado

ANEXO II

El relato de un periodista venezolano sobre el papel de Zapatero en Venezuela con recado al PP

Cuando se cumple una semana desde que la Audiencia Nacional imputara al expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero por presuntos delitos de tráfico de influencias y organización criminal en el marco del caso Plus Ultra, las redes han acogido el relato y el testimonio de Leocenis Garcia, un periodista y empresario venezolano que ha relatado el papel que jugó Zapatero para sacarlo de las "mazmorras carcelarias del régimen" venezolano y que, pese a admitir discrepancias ideológicas con el expresidente del Gobierno, reconoce la ausencia de "instrucción" que justifique las acusaciones vertidas sobre Zapatero.

“El expresidente Zapatero viajó a Venezuela para buscar a personas que estaban enterradas en las mazmorras carcelarias del régimen. Nos sacó de prisión a Yon Goicoechea -quien recientemente ha regresado a Venezuela-, a Henrique Márquez (candidato presidencial), al general Rodríguez Torres, a un tal Superlano y a mí. Si no hubiera sido por él (y en mi caso también por el embajador estadounidense Roger Carstens), seguiríamos en esas mazmorras", comienza relatando este periodista venezolano en un extenso mensaje en redes. En esta misma línea, Garcia menciona que entre los otros liberados también se encontraba Rocío San Miguel (abogada y defensora de DDHH con doble nacionalidad venezolano-española) y cuya familia "agradeció específicamente las gestiones de Zapatero"; Enrique Márquez (ex candidato presidencial y exdiputado); y otros como Biagio Pilieri (político, colaborador de María Corina Machado, con doble nacionalidad ítalo-venezolana). De todos ellos, y según el relato esgrimido por este periodista, Jorge Rodríguez defendía que eran "algo más que terrorista".

Sin embargo, con todo ello y pese a reconocer que ninguno de ellos eran "afines ideológicamente" al expresidente del Gobierno, Zapatero "no cejó en su empeño". "Creyó que éramos inocentes sin siquiera leer los expedientes", subraya, para pasar a lanzar un apunte sobre el auto de la Audiencia Nacional por el que se acuerda investigar a Zapatero. "En mi caso, sí he leído el suyo: en el auto del juez no encontré en ninguna página una instrucción, grabación de reunión, voz, cheque o transferencia que pruebe semejante acusación", añade García. Así, tras admitir que en España tiene "más amigos en el PP que en el PSOE", este comunicador de Venezuela agrega que "España está tomando un camino peligroso, lleno de irrespeto a las instituciones". "Uno puede hacer oposición, pero no apología del delito", sostiene en este mensaje.

En líneas similares, García hace referencia también en su relato a una anécdota que le sucedió recientemente con el periódico El Debate. "Hace poco visité el diario El Debate. Lamenté que Bieto, que me conoce y sabe que soy un perseguido político y practicante del diálogo, censurara la entrevista a la que él mismo me había invitado porque no le gustaron mis afirmaciones o no encajaban con su agenda. Eso no es periodismo ni política, es manipulación y una canallada", esgrime. Asimismo, también menciona que el jefe de Relaciones Exteriores de José Luis Martínez-Almeida, le hizo una invitación a la que desistió. "En los mismos términos que contesté a la oficina de Ayuso: ‘Mucha suerte en su agenda sobre Venezuela’".

"Escribo esto como acto de protesta ante la política del PP hacia Venezuela, que considero absolutamente infantil. Un partido como el PP no puede permitirse eso. Ninguna democracia, y menos España, va a salir fortalecida con este tipo de actuaciones, como tampoco salió fortalecida Venezuela cuando inventaron toda una patraña contra Carlos Andrés Pérez con una partida secreta que jamás pudieron probar", zanja en su mensaje.

Fuente: El Plural.com