21 de enero de 2022

ESPAÑA. La CNMV podrá vetar publicidad masiva de criptomonedas y vigilar ‘influencers’

 Las campañas publicitarias de criptomonedas dirigidas a más de 100.000 personas tendrán que pedir autorización previa al supervisor.

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ata en  corto la publicidad sobre criptomonedas

El organismo supervisor ha publicado este lunes una circular, la primera sobre esta materia en Europa, que obliga a las empresas que animan a invertir en estos productos no regulados a través de campañas masivas —dirigidas a más de 100.000 personas— a solicitar autorización al menos 10 días antes de su ejecución para garantizar que la información sea “clara, equilibrada, imparcial y no engañosa”. Esta medida, que entrará en vigor en un mes, afectará a los mensajes comerciales tanto en carteles tradicionales como en internet (webs y redes sociales). No escapan, por tanto, los protagonizados por influencers.

La revalorización desorbitada registrada durante años por el bitcoin y otras monedas virtuales —que ahora no viven su mejor momento— ha dado vuelo a la inversión en criptoactivos entre pequeños inversores no siempre cualificados, animados por la promesa de suculentas rentabilidades. Estos productos constituyen una preocupación creciente para la CNMV y el Banco de España por las expectativas desmedidas de ganancias que pueden generar y, además, por ser el origen de la mayor parte de las reclamaciones por fraude financiero que recibe la CNMV. Una muestra de la inquietud que generan fue la llamada de atención que el supervisor de los mercados dio al futbolista Andrés Iniesta en noviembre por anunciar en sus redes sociales (38 millones de seguidores en Instagram y 25 millones en Twitter) el portal de compraventa de criptomonedas Binance.

Con el objetivo de incrementar la transparencia, el supervisor se dota ahora de nuevos poderes para controlar la publicidad: “Se utilizará en ella un lenguaje sencillo y fácil de comprender y se evitará la omisión de información relevante o la inclusión de información ambigua, sesgada, incompleta o contradictoria que pueda inducir a confusión”, añade la circular, publicada este lunes en el Boletín Oficial del Estado. En todas las comunicaciones comerciales deberá incluirse este mensaje de advertencia en un lugar visible: “La inversión en criptoactivos no está regulada, puede no ser adecuada para inversores minoristas y perderse la totalidad del importe invertido”.

Sanciones

En el caso de que las campañas vayan destinadas a más de 100.000 personas, habrá además que comunicar su contenido a la CNMV con 10 días de antelación. Si se incumplen las normas, se trataría de una infracción grave y los anunciantes se enfrentarían a multas de 300.000 euros o del doble del beneficio bruto obtenido como consecuencia de los actos u omisiones en que consista la infracción, entre otras sanciones.

Los llamados influencers también estarán sujetos a esta normativa cuando sus mensajes sean retribuidos. Las opiniones no remuneradas se excluyen por la libertad de expresión, según puntualizan fuentes de la CNMV. También dependerá del tono del mensaje, si este anima a invertir en estos activos o se trata solo de una publicidad corporativa. En el caso de patrocinios, sucederá lo mismo. El regulador tendrá que revisar el contenido de las campañas una a una para decidir. Fuentes del sector señalan que la supervisión puede causar retrasos en el lanzamiento de sus campañas —”tendremos en cuenta ese factor”, explican—, pero dan la bienvenida a que todos los que publicitan servicios ligados a las criptomonedas pasen a regirse por las mismas normas para acabar con las estafas.

Fuente: cincodias.elpais.com