28 de enero de 2019

LOS SEGUROS Y EL BIG DATA. El sector dice que está suficientemente regulado.

No hay necesidad de reglas específicas, según Insurance Europe, que subraya que siete normas vigilan el correcto uso de las bolsas de datos.
 La utilización por parte de la industria aseguradora de las grandes bases de datos que se generan gracias a la aplicación de las nuevas tecnologías es imparable. Los beneficios que se derivan del uso de esta información son tantos que resulta difícil que las entidades y los propios clientes estén dispuestos a renunciar a ellos.
 Esta es una de las consideraciones que defiende la federación europea de patronales del seguro, Insurance Europe, que insta a los reguladores a que apoyen el despegue definitivo del big data.
Y ¿cómo les pide que respalden esta evolución? Pues solicitando a los supervisores que no intervengan.
Según Insurance Europe, si bien no hay una regulación específica sobre el big data, existen hasta siete normas de la UE, vigentes o en curso de estarlo, que atienden y son aplicables a su desempeño en el sector de los seguros, para garantizar un uso correcto y proteger a los consumidores. Son las siguientes:
1.    Reglamento general de protección de datos o GDPR (por sus siglas en inglés).- En vigor desde el pasado 25 de mayo, esta regulación prepara a los aseguradores y a los tomadores para desenvolverse en un entorno de grandes bolsas de datos. A través de varios de sus principios, se proporciona a los clientes una fuerte protección y se evita que las entidades sean excesivamente intrusivas en las vidas de los consumidores y pongan en riesgo su privacidad, según la patronal.
2.    Reglamento de productos de inversión empaquetados y basados en seguros (PRIIPs).- En virtud de sus preceptos, las compañías de seguros deberán ofrecer a los clientes un documento (KID) con información clave y estandarizada de las pólizas que venden. Esto hará que «los productos resulten comparables en un entorno de big data, a pesar de una mayor individualización», indica Insurance Europe.
3.    Directiva de distribución de seguros o IDD.- Esta norma regula la comercialización de todo tipo de seguros y a través de cualquier distribuidor, evitando por tanto cualquier mala práctica de venta que pueda derivarse de la aplicación del big data. Además, sus disposiciones sobre supervisión de productos y gobernanza regulan el diseño de nuevos servicios y pólizas y garantizan que todos cumplan con las necesidades de su mercado objetivo.
4.    Directiva de comercialización a distancia para servicios financieros o DMD.- Con ella se busca salvaguardar a los consumidores de prácticas de márketing abusivas que les impulsen a comprar productos que no han pedido.
5.    Directiva de género de la UE.- Su aplicación prohíbe la diferenciación de las primas de seguro por género, por tanto, invalida cualquier manejo de datos que se oriente en esta dirección, asegura el representante europeo del seguro.
6.    Propuesta de un reglamento de privacidad electrónica.- Esta legislación, que actualmente se encuentra en fase de discusión, incorporará una capa adicional de protección sobre la confidencialidad de las comunicaciones y preservará a los potenciales clientes de los contactos comerciales no solicitados.
7.    Directiva Solvencia II.- La principal regulación que pesa sobre el sector asegurador en Europa propicia un sistema de gobierno dentro de las entidades que garantiza la gestión sana y prudente del negocio. Para cumplir con la normativa, las aseguradoras deben basar sus precios en datos fiables y obtenidos de manera responsable.
Estas disposiciones que indirectamente legislan la utilización masiva de información personal configuran «un marco integral», afirma la patronal europea, y hacen innecesarias medidas reglamentarias adicionales sobre la utilización del big data en el sector, añaden desde esta organización.
De hecho, en su opinión, una regulación específica y prematura podría obstaculizar la innovación y menoscabar la efectividad del mercado de seguros.
Frente a eso, los supervisores deberían garantizar que estas normas que ya proporcionan un uso responsable de las grandes bolsas de datos «se implemanentan por completo», concluyen los portavoces de la industria aseguradora europea.
A todo lo dicho añado yo, que bien harían los supervisores, en observar todas las consecuencias de la implementación del Big Data en los seguros, tanto positivas, como negativas, que a buen seguro si de estas últimas hubiere, perjudicaría a clientes y consumidores.
Fuente: Expansion.com