Ahora que PP y Vox son indistinguibles, la "desvergüenza" de ambos llega a límites insospechados y cualquier mentira les sirve de excusa, para atacar al Presidente del Gobierno de la manera más obscena posible, a fin de desgastar al PSOE, de cara a influir en el resultado de las próximas elecciones europeas del próximo 9 de Junio. Cosa bien democrática, como por todos es sabido.
¡¡Vergüenza!! Cuanto daño hace a la democracia española la transmutación del PP a la extrema derecha, y la utilización de los 11 principios básicos del manual de lo nazi de Goebbels, que supuestamente, aplican PP y Vox, en sus discursos de odio en el Congreso de los Diputados y en el Senado, así como en sus campañas electorales en general, y en las elecciones europeas en particular.
Del repulsivo desprecio del PP y Vox, respecto los asesinatos de 40.000 civiles palestinos, por parte del ejército sionista de Israel.
Y de esta manera, tratan de encubrir su abrazo a las tesis sionistas de los radicales del Gobierno de Israel y en contra del mandato de la Corte Penal Internacional, aplauden el holocausto palestino de Gaza y Cisjordania, y rezan para que después del reconocimiento del Palestina por parte de Irlanda, Noruega y España, quede algo más que escombros y cadáveres, tras el genocidio que están consintiendo ejecutar al ejército sionista del gobierno radical de Israel contra el pueblo palestino, pues a eso equivaldría decir, que no se necesitaba hacer nada en relación a la masacre de Israel en Gaza, dado que ese razonamiento vendría a sugerir que la solucion llegaría por generación espontánea, incluso antes que no quedase vivo ni un solo palestino, dando tiempo con ello a que los israelíes pudiesen terminar la limpieza étnica, cumpliendo así los objetivos previstos por los sionistas antes de la guerra, siendo por ello incriminados por la Corte Penal Internacional perteneciente al Organismo de las Naciones Unidas, del cual ahora reniegan, pero en su momento, fueron el origen del Estado de Israel.
Y no puedo estar más de acuerdo con el Ministro de Exteriores de Israel, cuando anteriormente verbalizó, que “Israel estaba en el apogeo de la tercera guerra mundial” pero olvidó mencionar, quizás a propósito, que también ellos iban a ser los únicos responsables de la consecuencias de la misma, tanto a nivel local como global. Y además tendrían que cargar con ello por toda la eternidad.
Pero sin pretender adelantarnos a los acontecimientos, de momento comentemos que ayer, el Gobierno
español, decidió por fin, reconocer a Palestina como Estado (aprobado en Congreso de Diputados desde 2014 por 319 votos a favor, 2 en contra y una abstención) con el respaldo
presencial este miércoles en Madrid de cinco ministros de exteriores de países
árabes (incluyendo el de la propia Palestina, Muhamad Mustafa, que también es
primer ministro de la Autoridad Palestina) y del Secretario General de la
Organización para la Cooperación Islámica, miembros del Grupo de Contacto para
Palestina. Quedando así oficializado lo que de ningún modo debería ser el final
de un proceso al que España ha tardado en sumarse, contando con que ya más de
140 países habían dado ese paso con anterioridad (3/4 partes de la Humanidad). Por el contrario, debería ser
el punto de partida de un plan para lograr que su importancia simbólica tenga,
también, relevancia operativa pensando, sobre todo, en cómo mejorar la suerte
de los palestinos y en la posibilidad de que finalmente, en un futuro utópico,
reine la paz entre Palestina e Israel.
La deslealtad de PP y Vox respecto del Gobierno del Estado español
No satisfechos con lo anterior, el PP y Vox, continúan con su deriva extremista, hacia posiciones radicales de ultraderecha, donde el PP abiertamente compite con Vox, unos días diciendo que son más radicales que Vox, y otras manifestando que solo son la derechita cobarde, que para nada tienen que ver con Vox (aunque gobiernen con ellos en Autonomías y Ayuntamientos) que si acaso, advierten, son más de Meloni, pues ahora que llegan las elecciones europeas, dicen se ha vuelto más moderada.
Caramba Sr. Feijóo, casi me ha convencido con su fingida ingenuidad.
Pero ahora, los mentirosos compulsivos de PP y Vox, tras la denuncia interpuesta por el pseudo-sindicato de extrema derecha, “manos limpias” basada en pruebas falsas y/o sin contrastar, de recortes de periódicos, acusan al Presidente del Gobierno de mentir al no admitir éste, que su esposa estaba investigada, pregunta ésta, bien capciosa e insidiosa, puesto que primero, el caso estaba bajo secreto de sumario, y segundo, hasta el más lego en leyes sabe, que una persona denunciada por un juzgado, implícitamente está y será investigada. Y como es bien sabido, ya que en el PP hay más abogados que peces en el mar, solo cabe pensar, en la maldad de la pregunta (que pretendía obligar a delinquir al Presidente del Gobierno, saltándose el secreto de sumario) y en la falsedad de las acusaciones.
Vayamos por partes
DEL SUMARIO DEL CASO
Se ha conocido el
sumario declarado secreto, del caso de D.ª Begoña Gómez, esposa del Presidente del
Gobierno.
En donde, al comprobar su contenido completo, se deduce, el cero absoluto jurídico o la nada jurídica, respecto la confirmada presunta falsa acusación de la primera dama. Pues de hecho, los más de 1.000 folios que hasta ahora hay, sin contar toda la documentación adjunta, lo único importante o relacionado con lo denunciado es el informe de la Unidad Central Operativa (UCO) que, además, es exculpatorio para la mujer de Pedro Sánchez; así como la decisión del juez Juan Carlos Peinado de investigar al periodista de El País que, en el buen ejercicio de su trabajo, adelantó el contenido de dicho informe. Eso sí, en el sumario no hay ni un solo indicio contra ella aunque el juez la considere investigada sin haberla citado a declarar, un hecho que todas las fuentes consultadas tachan, cuanto menos, de "inaudita", por no decir "irregular".
No obstante, la dirigente del PP, Cuca Gamarra, se permitió el lujo de acusar a la Guardia Civil de incumplir la ley, lo cual dice bien poco a favor del patriotismo del partido popular, al cual se le suponía.
DE LA FISCALÍA DEL
CASO
El juez Juan Carlos Peinado, emitió
una providencia quejándose de que el fiscal del caso no hacía más que preguntar
por el procedimiento.
Lo que su señoría no
cuenta es que, el fiscal, se ha visto obligado a acudir y llamar con frecuencia
al juzgado porque el juez no le está notificando las cosas. Hay que recordar
que el fiscal es el único, junto al magistrado, al que no le afecta el secreto
de sumario y tiene derecho a acceder al sumario al completo.
Pero lejos de
notificar en tiempo y forma, el representante del Ministerio Público se está
enterando por la prensa de los movimientos del juez: así supo que se habían
abierto las diligencias por los periódicos, pues no se le pidió informe hasta
varios días después y, ahora, ha sabido de las citaciones de testigos de la
misma forma, ya que la nota de prensa es de las 9:27 de un día, y la
notificación al fiscal y a las partes, incluida la defensa, no llegó hasta 24
horas después. Pero al juez le parece raro que el fiscal se plante en el
juzgado a pedir explicaciones.
Respuesta de la UPF
Preguntado por esta
providencia, el presidente de la Unión Progresista de Fiscales, Jesús Arteaga, la
tacha de “inusitada”, manifiesta lo siguiente.
Que “desde la UPF al
hilo de la Providencia sobre la que nos preguntan y sin entrar en el fondo del
asunto, que lógicamente desconocemos y que es un procedimiento “sub iudice”,
queremos recordar que los fiscales no deben ser perturbados en el desarrollo de
sus funciones y que su calidad de autoridad les otorga derechos y obligaciones,
como los previstos en el artículo 4.1 de nuestro Estatuto Orgánico,
otorgándoles el derecho a inspeccionar y conocer un procedimiento, en cualquier
momento procesal. Derecho que se convierte en obligación prioritaria si la
causa estuviera bajo secreto, ya que, en ese caso toma la posición de velar por
los derechos de los investigados, al no tener conocimiento sus defensas del
contenido de la instrucción. Dicho derechos no pueden ser limitados ni acotados
por nadie, ni siquiera por el juez instructor del caso”.
El artículo al que
hace referencia Arteaga dice: “El Ministerio Fiscal, para el ejercicio de sus
funciones, podrá: Uno. Interesar la notificación de cualquier resolución
judicial y la información sobre el estado de los procedimientos, pudiendo pedir
que se le dé vista de éstos cualquiera que sea su estado, o que se le remita
copia de cualquier actuación, para velar por el exacto cumplimiento de las
leyes, plazos y términos, promoviendo, en su caso, las correcciones oportunas”.
DEL JUEZ DEL CASO
El juez Peinado
declaró secreta la causa, pero no dijo en un principio que ese secreto fuera
parcial, por lo que si no lo justificó, automáticamente, el secreto se
considera total. Después pasó documentación a las partes, como se ha podido
constatar de fuentes cercanas al caso. Esto provocó que varios medios de
comunicación redactaran artículos en contra del proceder del magistrado. Su
respuesta, meter de rondón dentro de una providencia, que las partes tienen
derecho a la igualdad de armas.
Pues este juez abrió
diligencias saltándose la doctrina del Supremo, y emitió una providencia llena
de ‘lloros’ contra el fiscal porque, ojo, al parecer trabaja mucho y se
interesa por el procedimiento y ha decretado un secreto de sumario, pero no ha
dudado en dar documentos a las partes y ordenar emitir una nota de prensa
poniendo los nombres y apellidos de los testigos a los que ha citado.
Un hecho, este
último, que según el Código Penal implicaría estar cometiendo un delito
obstrucción a la justicia y deslealtad. ¿Y cómo ha arreglado el asunto su
señoría? Pues dejando caer en otra providencia que a lo mejor, quién sabe, lo
que pasa es que el secreto es parcial. Una locura jurídica nunca vista en una
instrucción judicial pero que, en este caso, se está normalizando día a día en
manos de este juez.
Y es que el artículo
466 del Código Penal dice que si comete este delito el abogado o procurador que
revelare actuaciones procesales declaradas secretas por la autoridad judicial,
será castigado con las penas de multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación
especial para empleo, cargo público, profesión u oficio de uno a cuatro años. Y
si la revelación de las actuaciones declaradas secretas fuese realizada por el
Juez o miembro del Tribunal, representante del Ministerio Fiscal, Secretario
Judicial o cualquier funcionario al servicio de la Administración de Justicia,
se le impondrán las penas previstas en el artículo 417 en su mitad superior.
Por otra parte, el magistrado instructor del caso de Begoña Gómez, Juan Carlos Peinado, podría haber cometido una infracción de la Ley de Protección de Datos al hacer públicos, a través de una nota de prensa enviada a los medios antes de ser notificada a las partes, los nombres y los apellidos de los testigos que ha citado para declarar en la causa. Según los expertos en esta materia consultados, el artículo 5 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales es el que hace referencia al derecho a mantener secretos los datos personales de testigos, que aunque tiene limitaciones, ninguna entra dentro de lo que hizo este juez.
De la respuesta al caso, de CGPJ y Asociaciones Judiciales conservadoras
Y me pregunto, si las asociaciones conservadoras de jueces no tienen nada que decir al respecto, o es que su odio hacia el Presidente por el Gobierno, ya no les permite distinguir entre el bien y el mal. Pues en ese caso y en mi opinión, les aconsejo a ustedes colgar la toga y montar un partido político, pues les recuerdo, que tal y como está la ley, en una democracia no se permite ser juez y parte. No sé si me entienden.
Y que esperar del caducado Consejo General del Poder Judicial, sino que miren en el calendario el día correspondiente al cobro de la nómina, pues llegan las vacaciones y necesitan un merecido descanso después de haber servido a plena satisfacción, a los intereses del PP y Vox.
Fuente: Redacción
Del recurso de Fiscalía ante la Audiencia Provincial de Madrid, respecto del caso
La Audiencia de Madrid avala la investigación a D.ª Begoña Gómez, sin tener en cuenta el informe de la UCO que no ve delito de la primera dama. Los tres jueces consideran, no procedía decretar el secreto de las actuaciones.
La Audiencia Provincial de Madrid ha acordado este miércoles rechazar la petición de Fiscalía de archivar la investigación contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por presuntos delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios.
Avala así la decisión del instructor, Juan Carlos Peinado, aunque enmienda al juez instructor, al considerar que no procedía decretar el secreto de las actuaciones.
Así consta en un auto de este tribunal que responde
al recurso de apelación que presentó a finales de abril la Fiscalía en el que
se pedía que se revocara el auto del 16 de abril por el que el juez Peinado
adoptó la decisión de abrir diligencias de investigación a raíz de la denuncia
del sindicato Manos Limpias.
Los jueces, no
obstante, señalan que la denuncia de Manos Limpias tiene partes “inverosímiles”
y “datos erróneos”, y ordena centrar la investigación exclusivamente en las
ayudas a la UTE vinculada a un empresario, Carlos Barrabés, que organizó el
master que dirige la propia Gómez.
Los jueces de la Audiencia corrigen al
magistrado al considerar que aún es pronto para calificar jurídicamente los
hechos para atribuir a la esposa del presidente indicios de un delito concreto.
“Resulta completamente improcedente el análisis detallado del hecho delictivo
denunciado para ser calificado jurídicamente, sino de analizar si existen
indicios para empezar a investigar lo que (solo) aparenta ser un hecho delictivo”,
advierten.
La Audiencia analiza los hechos los que Manos Limpias basó su denuncia y los valora someramente hasta determinar que es lo que debe ser objeto de investigación y qué es lo que no: los jueces consideran que la denuncia tiene un primer bloque que es “inverosímil” y contiene “datos erróneos”. Tampoco ve indicios para vincular a la esposa de Sánchez con el rescate a Globalia, “una simple conjetura” que “quizá hubiera merecido activar controles administrativos” sobre transparencia y buen gobierno, pero no una causa penal como ha hecho el juez Peinado.
Según los
magistrados, en lo único que se puede centrar la investigación es en los 10
millones de euros de ayudas recibidas por la UTE vinculada a un empresario,
Carlos Barrabés, que organizó el máster que dirige Gómez. La Audiencia señala
que Gómez “recomendó su contratación por carta”, en referencia a un escrito de
recomendación firmado por la mujer del presidente, que se unió a otra treintena
de cartas similares, incluida una del Ayuntamiento de Madrid. Sobre estos
hechos, según el auto dictado por la Audiencia, “sí aparecen ya datos objetivos
suficientes que legitiman el inicio de la investigación”, aunque el informe de
la UCO tampoco halló indicios de que esos escritos influyeran en los contratos
adjudicados a Barrabés.
Ayer por la mañana,
el ministro de Justicia, Félix Bolaños, se ha pronunciado al respecto sobre el
caso: “Mostramos nuestro respeto por todas las resoluciones judiciales, pero la
esencia es que la Audiencia Provincial no imputa nada de nada a Begoña Gómez y
que no tiene en cuenta el informe de la UCO, que es el que desmiente una por un
todas las falacias que dieron lugar a la denuncia falsa del sindicato
ultraderechista Manos Limpias”.
Bolaños ha
cuestionado la “estrategia” de PP y Vox. “Intentar cuestionar y poner en duda
el trabajo de la Fiscalía y la de Guardia Civil y de todos los que están con la
verdad, diciendo que no hay nada de nada. Por tanto, este asunto cuando antes
se archive mejor”.
Fuente: El Pais.com
De los tres jueces, amigos y familia del PP, que dictaron sentencia en Audiencia Provincial de Madrid, favorable a rechazar petición de Fiscalía del archivo de la investigación contra D.ª Begoña Gómez.
Concretamente, la sentencia conocida este mismo miércoles, ha corrido a cargo de tres jueces de la sección 23 de la Audiencia Provincial, a saber, D. Enrique Jesús Berges de Ramón -que ha ejercido como ponente-, D.ª María del Rosario Esteban Meilán -que ha presidido la deliberación- y D. Jesús Gómez-Angulo Rodríguez.
Y es sobre este último hay que detenerse, pues es hermano de D. Juan Antonio Gómez-Angulo, quien fuese diputado en la Asamblea de Madrid y concejal en el Ayuntamiento de Madrid. Amigo personal de José María Aznar, su prolífica trayectoria de la mano de los populares le valió para dilatar su carrera en cargos de toda índole: presidente del Centro Superior de Deportes, presidente de la Comisión de Trabajo para el Fomento y la Protección de la Tauromaquia de la mano de José Ignacio Wert e incluso teniente de alcalde en la capital.
A esta relación hay
que sumar otro lazo familiar que une a Gómez-Angulo, uno de los tres jueces que
ha decidido avalar a Peinado, con el Partido Popular. Concretamente se trataría
de su sobrina -hija de Juan Antonio-, Paula Gómez Angulo, quien, siguiendo los
pasos de su padre, actualmente es concejala en el Ayuntamiento de Madrid bajo
las filas de José Luis Martínez-Almeida y ya cuenta en su currículum con años
en la administración pública, tanto local como autonómica.
De los tres jueces
que han tomado la decisión en la Audiencia Provincial también llama la atención
el caso de María del Rosario Esteban Meilán, presidenta de la deliberación.
Esta magistrada está casada con Eduardo Jiménez Claveria, también destinado en la
Audiencia Provincial de Madrid y conocido por sus ultraconservadoras sentencias
en casos de violencia de género, que a Podemos no parece les haya votado nunca.
Fuente: El Plural.com
CONCLUSIÓN
No es de extrañar, con tan altas acreditaciones, que PP y Vox estuviesen convencidos del seguro éxito en los juzgados, del juicio político y sin pruebas a la primera dama, aunque la posibilidad de realizar investigaciones propectivas se encuentra vedada por la doctrina y la jurisprudencia, siempre y cuando, no existan indicios probados contra el sujeto denunciado al que se le han abierto diligencias.
Pero algunas veces, la verdad y la justicia triunfan, aunque solo a medias, como fue el caso de Ana Botella, esposa del expresidente Aznar, cuando fue condenada por el Tribunal de Cuentas, al pago de 25 millones de euros, por vender pisos de protección oficial a fondos buitre, que en ese caso, los indicios estaban más que probados, pues las evidencias de las ventas, constaban en escrituras públicas registradas en el Registro de la Propiedad, y sin embargo, con todo y con eso, no fue imputada por lo penal, pues el Tribunal Supremo la absolvió de responsabilidades penales, al sentenciar rechazar los recursos al respecto.
Y entonces, se confirma que la Justicia no es igual para todos y todas, dado la diferencia que existe entre el trato dispensado por los juzgados a la esposa del Presidente del PSOE (investigada sin indicios probados) y a la esposa del exPresidente del PP, sin imputar con pruebas veraces y contrastadas del incumplimiento manifiesto de la ley, perpetrado durante el mandato de Ana Botella como alcaldesa de Madrid, donde el núcleo político que ella encabezaba, autorizó la operación de venta de 1.806 de viviendas sociales, al fondo Blackston por 128,5 millones de euros, al contrario que los funcionarios del ayuntamiento de Madrid, que efectuaron la operación "por orden de arriba ", que si fueron imputados por malversación de caudales publicos, malversación y fraude, aunque como no podía ser de otra manera, finalmente todos ellos quedaron exculpados.
Todo perfectamente legal, y aunque estamos en democracia, 1.806 familias necesitadas de Madrid se quedaron sin vivienda.
Es la economía, estúpido. Pero también es el desprecio del PP por los madrileños más desfavorecidos.
Fuente: Redacción´
POSDATA
La exfiscal de la Corte
Penal Internacional reveló presuntas amenazas del jefe del Mossad (servicios de inteligencia de Israel) por investigar crímenes de guerra en Palestina.
Yossi Cohen, que fue el principal responsable del servicio secreto de Israel, supestamente participó personalmente
en un complot para presionar a Fatou Bensouda cuando era la fiscal jefe de la
Corte Penal Internacional de La Haya.
El exjefe del Mossad, presuntamente coaccionó y amenazó a la fiscal jefe de la Corte Penal Internacional (CPI)
durante una serie de reuniones secretas en las que trató de presionarla para
que abandonara una investigación por crímenes de guerra, según información exclusiva
obtenida por el periódico The Guardian.
Los encuentros no declarados
de Yossi Cohen, entonces responsable de la agencia israelí de espionaje
exterior, con Fatou Bensouda, fiscal jefe de la CPI, tuvieron lugar en los años
previos a la decisión de Bensouda de abrir una investigación formal por presuntos
crímenes de guerra y contra la humanidad en los territorios palestinos ocupados
por Israel. Iniciada en 2021, la investigación culminó la semana pasada cuando
Karim Khan, sucesor de Bensouda, solicitó una orden de detención contra el
primer ministro de Israel, Benjamín Netanyahu, por la guerra que está librando
su país en Gaza.
Fuente: eldiario.es