27 de octubre de 2020

SEDICIÓN EN EUROPA. Se castiga con penas más bajas que en España y tiene como requisito la violencia

 El Gobierno prepara una reforma del delito de sedición para actualizar un redactado de más de 100 años.

El Gobierno se ha mantenido siempre en el respeto a la sentencia del procés, lo que no ha sido un obstáculo para que el Ejecutivo impulse este curso una reforma de la sedición que beneficiaría a los políticos y líderes sociales independentistas al acelerar su salida de prisión. Con este objetivo los 'comuns' ya han presentado al PSOE una propuesta de reforma del Código Penal. Más allá del conflicto catalán, entre las razones del Gobierno para la reforma de la sedición destaca la actualización de un tipo penal que apenas ha sufrido reformas en un siglo y su acomodación con el resto de países europeos.

Una de las características del delito de sedición español es que no forma parte los delitos contra la Constitución –como la rebelión– sino contra el orden público. No obstante, su redactado decimonónico todavía lo asemeja a la denostada 'rebelión en pequeño' pese a proteger un bien jurídico distinto, pues no castiga el ataque a la Constitución o a la integridad territorial sino el "alzamiento público y tumultuario para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes o a cualquier autoridad el legítimo ejercicio de sus funciones".

En cambio lo más habitual respecto a la sedición en los países europeos es el castigo a la desobediencia y a la resistencia, cuya pena se va elevando en función de la violencia de la conducta o el uso de armas. Adjunto tabla comparativa al respecto.