Comencemos por los datos
La Encuesta de población activa (EPA), que se realiza con
criterios homologados por Eurostat, es la estadística básica para el
conocimiento del mercado de trabajo. La EPA cifra en 17.371.500 las personas
que trabajaron como asalariadas en el último trimestre de 2022, de las que
594.200, apenas el 3,4%, tenían un contrato de duración indefinida discontinua.
Esta es la
dimensión real de los fijos discontinuos en España: poco más de 3 de cada 100
asalariados; un peso sin la entidad necesaria para explicar la profunda
transformación del empleo que se ha producido en el primer año de aplicación de
la reforma laboral. Recordemos además el contexto. En el año 2022 el empleo
indefinido tuvo un crecimiento extraordinario en España: en un solo año aumentó
en 1.591.000 personas, más que en Alemania, Italia y Francia juntas.
Por mala fe o algo peor, algunas fuentes están deslizando la idea de que la transformación de
los contratos temporales en indefinidos se realiza, casi exclusivamente, a
través de fijos discontinuos, lo que estaría provocando un desorbitado
incremento de esta modalidad contractual.
La realidad
es que el 86% de ese aumento del empleo en 2022 responde a contratos
indefinidos ordinarios y solo el 14% indefinidos fijos discontinuos.
Parece
evidente que la mayoría del empleo temporal se está transformando en indefinido
ordinario y solo en las actividades estacionales tiene más relevancia el
indefinido fijo discontinuo.
En
concreto, los datos de Seguridad Social muestran que dos de cada tres nuevos
fijos discontinuos en 2022 se concentran en hostelería, educación, comercio,
agricultura y empresas de trabajo temporal (ETT).
Todos los
datos utilizados hasta aquí están disponibles en las páginas web del INE,
Eurostat y la Seguridad Social. Para el análisis de los fijos discontinuos en
los periodos de inactividad es necesario utilizar los microdatos de la EPA.
Datos que nos dicen que en el cuarto trimestre de 2022 había 45.200 personas en
paro y 70.500 personas inactivas, que habían trabajado antes como fijas
discontinuas.
Este es sin
duda un dato muy significativo, porque la mayoría de los fijos discontinuos en
situación de inactividad no buscan trabajo, por una razón fundamental: porque
ya lo tienen. Están esperando a que empiece el curso escolar o la temporada
turística para reincorporarse a su empresa, a su puesto de trabajo, en el que
tienen sus derechos laborales consolidados.
Esta es la
razón por la que la EPA, desde siempre, solo contabiliza como parados a los
fijos discontinuos en periodo de inactividad cuando cumplen con la condición
básica para ello: buscar empleo de forma activa.
Por si se
entiende mejor: un fijo discontinuo en periodo de actividad figura como ocupado
en la EPA y como afiliado en la Seguridad Social. Cuando está en periodo de
inactividad, la EPA lo contabiliza como parado si busca empleo o inactivo si no
lo hace, porque está esperando a que su empleador lo vuelva a llamar.
Esta figura
contractual es la respuesta más adecuada para hacer compatible la estacionalidad
productiva de determinados sectores con la estabilidad laboral. Es un contrato
indefinido a todos los efectos, que da estabilidad y seguridad a las personas
asalariadas, que genera los mismos derechos que un indefinido ordinario en la
antigüedad, las vacaciones, la protección frente al despido o a la carrera
profesional dentro de la empresa.
El Boletín
Oficial del Estado no puede cambiar las temporadas turísticas ni los ciclos de
la agricultura, pero sí puede y debe garantizar los derechos laborales de las
personas que trabajan en estos sectores, empezando por el derecho a un contrato
estable. Hemos pasado de los contratos temporales precarios de antes a los
contratos indefinidos y con derechos de ahora.
CONCLUSIÓN
Por último,
es posible entender la utilización partidaria del ruido en el debate político,
pero es sorprendente que algunos analistas, en lugar de poner el foco en
entender el extraordinario comportamiento de nuestro mercado de trabajo en los
tres últimos años, parezcan obsesionados por la casilla en la que se registra a
los fijos discontinuos en periodo de inactividad en los servicios de empleo de
las comunidades autónomas.
Fuente: El Pais.com