3 de octubre de 2025

OPINIÓN. De las responsabilidades compartidas

 El responsable de un delito, normalmente, tarde o tempano  acaba descubriéndose y siendo juzgado. Pero las responsabilidades compartidas son mucho más difíciles de dirimir.

Pongamos por caso el genocidio en Gaza. Se sabe que el culpable es el criminal de guerra Netanyahu, sus ministros y el ejército sionista, como arma ejecutiva. Pero las responsabilidades están compartidas a partes iguales con Estados Unidos y la Unión Europea, donde por mitad cada uno, les suministran las armas para exterminar a toda Palestina (primero Gaza y luego Cisjordania, según plan del gobierno de Israel)

Vamos al caso de la invasión de Ucrania, con la masacre de civiles ucranianos. El culpable está claro, es otro criminal de guerra, como es Putin, junto a su ejército que también hace las veces de arma ejecutiva. Las responsabilidades compartidas en este caso, son más difusas y por tanto más difíciles de probar, aunque se creen que les ayuda (bien con tropas, armamento, o comprándole gas y petróleo) Corea del Norte, China, India, Irán, etc..... Que últimamente, parece que Putin  le está buscando las cosquillas a la OTAN, de lo cual no puede salir nada bueno.

Ahora pasemos, al área local. En España, mayormente no existen dudas respecto la responsabilidad de Putin, en la invasión de Ucrania. No así en el genocidio de Gaza donde los partidos de izquierdas están en contra del mismo (las encuestas muestran en contra del genocidio al 82% de la población española) Mientras que la ultraderecha de Vox y la derecha extrema del PP madrileño, están de parte del exterminio al pueblo palestino, como esclavos del amo Trump que son; donde Ayuso, al igual que Vox y Alianza Catalana, incluso desprecian y se burlan del acto de piratería y secuestro por parte de Israel, de 50 españoles y españolas (algunos de ellos catalanes) en aguas internacionales, demostrando así su falso patriotismo.

Pero la derecha moderada del PP, está entre dos aguas, y se encuentra en una encrucijada, con lo cual no tiene ni idea de donde está, ni hacia donde camina el partido popular, pues este que escribe, tiene malos augurios para ellos, dado que ahora mismo, el PP de facto es la marca blanca de Vox, que pronto será absorbida por éste, según las encuestas.

En cuanto a la situación de la justicia española, cada partido político habla según le vaya la feria, es decir, como de favorables le sean las sentencias judiciales.

Profundizando en los asuntos jurídicos, veamos como ejemplo un caso en particular, el de la denuncia del juez Peinado contra Begoña Gómez. 

Este que les habla, no es partidario, ni le parece oportuno, que la justicia ataque al Poder Ejecutivo (de forma directa o indirecta) salvo se pretenda ser juez y parte, cosa que según tengo entendido, está prohibido, por aquello de no violar el principio de imparcialidad. Y a mí entender, también soy contrario, a que sin pruebas ni indicios fundados, en el último auto emitido por este juez referido a la causa citada, se intente incriminar al Presidente del Gobierno, con solo suposiciones (que presuntamente, podría incurrir en delito por denuncia falsa) para en mi opinión, culminar una instrucción a todas luces prospectiva, debido  a denuncias de supuestos juristas de, “Manos limpias” , “HazteOir” y Vox, basadas en recortes de prensa. 

En referencia a las denuncias admitidas a trámite con solo recortes de prensa, el Tribunal Supremo (TS) y el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) , ya se pronunciaron al respecto, en 2016, concretamente, en sentencia de causa por malversación seguida contra el expresidente, Mariano Rajoy, archivando la denuncia el TS y emitiendo un pronunciamiento el CGPJ,  referido al mismo caso, en el sentido que las denuncias con solo recortes de prensa, sino iban debidamente fundamentadas, deberían ser inadmitidas por los tribunales. 

Todo ello, me lleva a una última teoría/reflexión. Si resultase que el juez Peinado no hubiese cumplido la ley, y que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) lo hubiese avalado, en ese supuesto, y a mi juicio, las responsabilidades compartidas, alcanzaría tanto al juez Peinado como al TSJM.

Si ese fuese el caso, el CGPJ estaría obligado a intervenir, por aquello de repartir responsabilidades y preservar la separación de poderes (de la que tanto alardean PP y Vox) evitando así en la medida de lo posible, que la actuación de dichos jueces no fuese conforme a derecho. Caso contario, si procediese, incluso podría acabar la causa en el TS y/o en el Constitucional, aunque el juez Peinado estuviese ya jubilado; que sería una gran pérdida para este país, dado que presuntamente existen 3 millones de funcionarios (incluidos los jueces) que aún quedan por denunciar por malversación de caudales públicos, según la propia doctrina del juez Peinado.

Respecto a procesar a la esposa del Presidente del gobierno, vía juicio con jurado, y debido a los errores de procedimiento, que a mi modo de ver, se han dado durante la instrucción, demostraría que dicho  causa, no se sostendrían frente a un juez en un proceso sin jurado, pues las estadísticas indican, que los juicios con jurado tienen un 92% de sentencias condenatorias; y más a más, siendo que el juicio se celebraría en Madrid, donde PP y Vox tienen mayoría absoluta, razones por las cuales entiendo, que supuestamente, el juez Peinado se ha inclinado por elegir esa vía. 

Por las mismas razones considero, que  la parte demandada (dado  que la ley impide cambiar de sede un juicio con jurado) se vería obligada a ejercer su derecho a recurrir, por la improcedencia de juicio con jurado, según Anexo I,  pues en mi opinión, no se podría garantizar, la neutralidad, independencia e imparcialidad del jurado. Siendo además, que a mi juicio, la parte demanda no se corresponde ni pertenece, a ninguno de los grupos o categorías incluidas en los 4 subapartados (a, b, c y d) señalados en el apartado 1, del artículo 1º, de la Ley de Tribunal del Jurado, referido en Anexo II. 

Y luego dicen desde PP, que en los juicios con jurado no hay "lawfare". A otro perro con ese hueso, que no dicen la verdad ni al médico. Y así les van las encuestas, pues cada día que pasa, nos enteramos que la han hecho, a cada cual más gorda, en todas las comunidades donde gobiernan estos del partido popular. 

Donde lo último conocido, es que al gobierno de Moreno Bonilla se le olvidó comunicar los resultados de unas 2.000 mamografías de mujeres posiblemente afectadas con diagnóstico sin concretar, en la Comunidad Andaluza. Antes fue que a Mazón se le olvidó o no quiso, lanzar un "ex-alert" que causó la  muerte de 229 personas en la Comunidad Valenciana, según la jueza de Catarroja que investiga las responsabilidades por los efectos de la dana. Y primero fue, que Ayuso olvidó o ignoró, que había miles de ancianos impedidos y sin asistencia hospitalaria, en la residencias de mayores durante la pandemia, y a consecuencia de ello, hubo 7.291 ancianas y ancianos fallecidos.

Y por ello estoy seguro, que la mayoría de la ciudadanía espera expectante, que el peso de la ley recaiga sobre los responsables de tanta negligencia.

POSDATA 

Por cierto, el partido de los sobresueldos y la doble contabilidad, es el Partido Popular, por lo cual fue condenado por el Tribunal Supremo. Que nadie lo olvide nunca.

Fuente: Redacción


ANEXO I

Sobre juicios con jurado (competencia, alegaciones y recursos)

1. Procedencia del Tribunal del Jurado

  • El Tribunal del Jurado (Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo) conoce únicamente de determinados delitos graves (asesinato, homicidio, allanamiento de morada, infidelidad en la custodia de documentos, incendios, malversación, cohecho, etc., listados en el art. 1 LOTJ).
  • Si se trata de un delito no incluido, la defensa puede plantear que el juicio con jurado es improcedente.

2. Fases donde puede plantearse la oposición

Antes de la celebración del juicio:

  • Durante la audiencia preliminar (arts. 30 y ss. LOTJ) se pueden formular alegaciones sobre la competencia del Tribunal del Jurado.
  • Si el Magistrado-Presidente decide que procede seguir con jurado, esa resolución puede ser recurrida.

Recurso directo:

  • Recurso de apelación (art. 36 LOTJ) contra el auto que resuelve sobre la competencia.
  • Se interpone ante la Audiencia Provincial y resuelve la Sala de lo Civil y Penal del TSJ correspondiente.

3. Durante o después del juicio

Si no se recurrió antes o el tribunal desestimó la oposición:

  • Recurso de apelación contra la sentencia (art. 846 bis a y siguientes LECrim), alegando como motivo la inadecuación del procedimiento del jurado o la vulneración de derechos fundamentales.
  • Recurso de casación ante el Tribunal Supremo, en casos tasados.
  • Eventualmente, amparo constitucional si se acredita vulneración de derechos fundamentales.

ANEXO II

Ley de Tribunal del Jurado (Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo)

Artículo 1º. Competencia del Tribunal del Jurado.

1. El Tribunal del Jurado, como institución para la participación de los ciudadanos en la Administración de Justicia, tendrá competencia para el enjuiciamiento de los delitos atribuidos a su conocimiento y fallo por esta u otra Ley respecto de los contenidos en las siguientes rúbricas:

a. Delitos contra las personas.

b. Delitos cometidos por los funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos.

c. Delitos contra el honor.

d. Delitos contra la libertad y la seguridad.

2. Dentro del ámbito de enjuiciamiento previsto en el apartado anterior, el Tribunal del Jurado será competente para el conocimiento y fallo de las causas por los delitos tipificados en los siguientes preceptos del Código Penal:

a.   Del homicidio (artículos 138 a 140).

b.   De las amenazas (artículo 169.1.º).

c.   De la omisión del deber de socorro (artículos 195 y 196).

d.   Del allanamiento de morada (artículos 202 y 204).

e.   De la infidelidad en la custodia de documentos (art. 413 a 415).

f.    Del cohecho (artículos 419 a 426).

g.   Del tráfico de influencias (artículos 428 a 430).

h.   De la malversación de caudales públicos (artículos 432 a 434).

i.    De los fraudes y exacciones ilegales (artículos 436 a 438)

j.    De las negociaciones prohibidas a funcionarios (art. 439 y 440).

k.   De la infidelidad en la custodia de presos (artículo 471).

3. El juicio del Jurado se celebrará sólo en el ámbito de la Audiencia Provincial y, en su caso, de los Tribunales que correspondan por razón del aforamiento del acusado. En todo caso quedan excluidos de la competencia del Jurado, los delitos cuyo enjuiciamiento venga atribuido a la Audiencia Nacional.

Fuente: BOE


28 de septiembre de 2025

OPINIÓN. De los únicos juicios que importan en España.

 Los jueces Hurtado y Peinado si hacen política, en opinión del juez Castro

En el día de ayer, sábado 27 de septiembre de 2025, escuché la parte de la entrevista televisiva al juez Castro (quien metió en la cárcel a Urdangarín y casi se lleva palante a la Infanta Cristina) donde mostraba su opinión sobre asuntos judiciales, ahora relevantes en los medios de comunicación, como son los casos contra Begoña Gómez (esposa del Presidente del gobierno) y contra el Fiscal General del Estado.

En dicha entrevista, dejaba claro su parecer respecto los mencionados juicios, donde ponía de manifiesto que los jueces Hurtado y Peinado hacían política desde los juzgados (o así lo entendí yo) para desgastar a Pedro Sánchez y por tanto al gobierno del Estado.

El juez José Castro fue entrevistado durante la emisión del programa La Sexta Explica, donde afirmaba que, "no veremos a Begoña Gómez en el banquillo, que eso corresponde a Peinado y a cómo lleve la instrucción, y que espera que no se produzca, aunque del juez Peinado se espera cualquier cosa".

También comentó al respecto, que el auto es ridículo, porque según Peinado, si una persona hace una llamada (privada) desde un teléfono oficial sería malversación de fondos públicos, y si rellena una nota (personal) con un bolígrafo público también sería malversación de fondos públicos. Castro se ha preguntado si eso tiene sentido, recordando que el propio juez Peinado, ha hecho llamadas desde el juzgado y no descartando que incluso haya podido llamar a su familia. Con ironía, ha señalado que, siguiendo esa lógica, merecería ser procesado, lo que pondría al borde del juicio a todos los funcionarios en España y conduciría al ridículo absoluto.

Y añadió, "le recomiendo a Ayuso que se haga un tratamiento Psiquiátrico y que me perdone Ayuso, pero es ridículo, porque no salen en tromba las asociaciones de jueces, cuando Miguel Ángel Rodríguez. No salen, como la presidenta del Tribunal Supremo, salió a decirle a los vocales, que se apartara al Fiscal General y buscar otro, parece un comportamiento de los vocales conservadores del Poder Judicial. No es hacer política lo que dice Ayuso, que llama al complot contra su pareja"

Respecto al jurado, ha apuntado que elegir a nueve miembros que no estén contaminados por las noticias es imposible, porque no pueden dejar de conocer los hechos que se difunden, y que pretender encontrar ciudadanos vírgenes de información sería como elegir extraterrestres.

Castro también ha afirmado que los jueces en España son mayoritariamente de derechas. Durante la entrevista se habló además de Air Europa, del nuevo libro del juez Castro,  de Isabel Díaz Ayuso, de Miguel Ángel Rodríguez Bajón, del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez y del Fiscal general del Estado (FGE) Álvaro García Ortiz. 

Y respecto del procesamiento del FGE, indicó que no había ningún indicio que señalase hacia su culpabilidad, por el caso de revelación de secretos (*) 

Finalmente, el juez Castro reaccionó a unas declaraciones de Sánchez, quien había dicho que hay políticos haciendo justicia y jueces haciendo política, y respondió: “Estoy de acuerdo con el presidente Sánchez”.

Quiero añadir, que los razonamientos jurídicos de dicho juez me complacieron mucho, dado que mayormente, coincidían bastante con los de este  iletrado en derecho que les escribe, que solo estaban basados en la lógica

CONCLUSIÓN

Si eso es así, y hay jueces que no hacen el trabajo que les corresponde, cual es atender a los asuntos judiciales de la ciudadanía, ¿para que les pagamos el sueldo entonces?

Por que no me parece mal que jueces y fiscales se pongan en huelga para defender sus derechos, aunque no esté regulado por ley (**). Y yo me pregunto ¿y los derechos de la ciudadanía quien los defiende? ya que entiendo, el mismo derecho, sino más, tiene la ciudadanía a que se atienda sus asuntos judiciales. 

Pues según el CGPJ, en 2022, había pendientes de resolver unas 3,4 millones de demandas y recursos, y no creo haya bajado la cifra a día de hoy, sino más bien lo contrario (como la reclamación  contra un banco, que este que les habla tiene paralizado en los juzgados desde hace 6 ó 7 AÑOS) mientras que algunos jueces parece ser, se dedican a hacer política. 

Por que estoy seguro que 6.000€ a dichos jueces no les parecerá una suma importante de dinero, pero a todos los que están en esa situación, estoy seguro no estarán muy de acuerdo con ellos. Como tampoco lo estarán con los dirigentes de PP y Vox que les respaldan, pues los votantes, cuando llegan las elecciones, no suelen ser demasiado comprensivos con políticos conservadores, caso sean activistas negacionistas, de genocidios y de derechos de los migrantes. Y tampoco ayuda, que Feijóo y resto del partido popular, intervengan en la justicia y aplaudan la participación de los jueces en política estando estos en activo, cuando dichos jueces retrasan la tramitación de legítimas demandas (quien sabe si intencionadamente, para favorecer los intereses de los bancos y al mismo tiempo satisfacer aspiraciones políticas de PP y Vox)

Así que mejor sería, que los jueces se pusieran a trabajar de una puta vez para resolver los asuntos judiciales pendientes de  la ciudadanía, que es lo que se espera de ellos. Pues considero, no se les entrega nuestros impuestos para malgastarlos haciendo  política, sino que entiendo se les paga, para encausar todas las demandas y recursos (incluso los retrasados) presentados en los juzgados en tiempo y forma, tanto por personas físicas como jurídicas, y no para atender asuntos  políticos y  propios de cada uno de ellos.

Fuente: Redacción

POSDATA

OPINIÓN. Los datos de la Seguridad Social que desmontan el discurso racista que Feijóo le compra a Vox.

La medidas del PP de su plan migratorio, está claro se han lanzado para complacer a Vox, y así mimetizarse con el discurso de la ultraderecha hasta ser indistinguibles.

En el aquelarre que organizó este fin de semana el partido popular en Murcia, donde su presidente, Alberto Núñez Feijóo, marcó la hoja de ruta de oposición al Gobierno de Pedro Sánchez, quizás el anuncio más destacado se ha dado en materia de inmigración, proponiendo que se cree un visado por puntos, limitar el acceso al Ingreso Mínimo Vital (IMV) y que tan sólo cobren quienes hayan cotizado en la Seguridad Social.

“Las prestaciones económicas como el IMV deben ligarse a la búsqueda activa de empleo. La mera percepción de ayudas públicas no puede ser el propósito ni convertirse en un medio de vida. Los que abusan no pueden oscurecer la labor de tantas personas llegadas de otros países”, defendió desde Murcia. Asimismo, fuentes de Génova plantearon, tal y como recogió ElMundo, “prohibir el acceso al IMV a los inmigrantes que no hayan cotizado en España y que no tengan permiso legal de residencia de larga duración”

Pero estos enunciados de Génova, sobre el punto específico del Ingreso Mínimo Vital, contienen una letra pequeña imposible de eludir. Cual es que, según reza en la web oficial de la Seguridad Social, departamento dirigido por el Ministerio de Elma Saiz, se da cuenta de sus condiciones claras e inamovibles: “Los beneficiarios individuales o miembros de una unidad de convivencia deben tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada e ininterrumpida durante al menos el año anterior a presentar la solicitud”, reza la normativa vigente.

En otras palabras, la Seguridad Social sí que exige tener la residencia legal en España al menos por un año para percibir el IMV, al igual que el resto de otras prestaciones sociales, requiriendo como requisito indispensable el DNI o NIE.

Entonces, ¿en qué casos hay excepciones? Lo cierto es que quedarían exentos los menores incorporados a la unidad de convivencia por nacimiento, adopción o reagrupación familiar, también por adopción, víctimas de trata, explotación sexual o de violencia de género.

En el caso de realizar la solicitud de manera individual y no por un aval de núcleo familiar, se establece que la persona solicitante debe haber permanecido en el país “al menos doce meses, continuados o no, de alta en la Seguridad Social, Clases Pasivas del Estado o una mutualidad alternativa al Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos”, dicho de otra manera, se exige haber cotizado al menos un año. En materia migratoria, según reza en la Ley de Extranjería en su artículo 14.1, “sólo los extranjeros residentes tienen derecho a acceder a las prestaciones y servicios de la Seguridad Social en las mismas condiciones que los españoles”.

En resumen, los requisitos son los mismos tanto para españoles como para extranjeros. Por ello, la afirmación del presidente del PP no es exacta, dado que los inmigrantes sin tarjeta de residencia no pueden solicitar dicha prestación a menos que sean de un colectivo excepcional o lleven menos de un año en España.

CONCLUSIÓN

Profundizando en el discurso racista y contradictorio, que ha surgido este fin de semana por parte del PP en su hoja de ruta de medidas migratorias, cabe entrar al detalle sobre algunas de ellas.

Por un lado, los de Feijóo plantean un “visado por puntos” que dé prioridad a aquellos extranjeros que quieran trabajar en “sectores donde hace falta mano de obra” y que tengan “capacidad de integración” en la cultura y costumbres de nuestro país. “Tenemos derecho a decidir quién entra en nuestro país y con qué condiciones entra”, defendió el exdirigente de la Xunta de Galicia este fin de semana en la bautizada como ‘Declaración de Murcia’.

 Y al resto, que llega a España huyendo de la guerra en sus países de origen, sacamos la armada y a cañonazos les hundimos en sus cayucos. ¿No era Hitler quien hacía eso o era Netanyahu o quizás Trump?. Es que tengo un lío con esto. Bueno el más genocida de todos, Hitler o Netanyahu. Ya estamos otra vez. Y vuelta la burra al trigo. Pues el amigo y socio comercial de Ayuso, y ya está.

También Feijóo fijó, requisito sustancial, el papel y compromiso de los países de origen, ya que si estos ayudan a “poner orden, serán recompensados”, mientras que, si incentivan el caos, “no tendrán visado las personas que vengan de los países que no se comprometan a mantener el orden”.

Incluso el líder de Génova se permitió hacer una discriminación racista de las personas migrantes que llegan a España: “En este camino, reconocemos el vínculo especial que nos une con las naciones hermanas de Hispanoamérica, con quienes compartimos lengua, historia y valores y cuya integración en España constituye una oportunidad natural de enriquecimiento mutuo”, ensalzó dejando en un segundo plano la población que proviene de países africanos, que son otro flujo importante que llega a España.

Fuente: El Plural.com

(*) ANEXO I

Recordemos que la imputación del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, emitida desde el Tribunal Supremo, por el juez que lleva el caso, Ángel Luis Hurtado, que le investiga por presunto delito de revelación de secretos en la causa por fraude a Hacienda del empresario y pareja de Isabel Díaz Ayuso, Alberto González Amador.

Una investigación que se gestó a partir de nota de prensa del FGE de 14/04/2024 para desmentir el bulo lanzado por el jefe de gabinete de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Miguel Ángel Rodríguez, tras conocerse que la Fiscalía había denunciado al novio de Ayuso por un presunto fraude fiscal a Hacienda de 350.951,00€ entre 2020 y 2021, a través de facturas falsas (sobre el que ya se ha abierto juicio oral).

 Concurriendo que previamente,  el abogado del novio de Ayuso, envió mismo email, que desencadenó la imputación de García Ortiz, a una dirección genérica de la fiscalía de delitos económicos (ocurrido en fecha 03/03/2024)  a la que pudieron acceder los 13 fiscales del área y otros 4 funcionarios, más centenares de personas indeterminadas. Y siendo además que "varias periodistas testificaron ante el juez Hurtado" que con anterioridad a la fecha de autos, habían recibido copia del mismo correo electrónico que el recepcionado por fiscalía. Que si hubiesen sido admitido por el juez dichas testificales, exculparía del delito de revelación de secretos al Fiscal general del Estado, puesto que, ya era "vox populi" antes que García Ortiz, publicase la nota de prensa aclaratoria del bulo lanzado por  el jefe de Gabinete de Ayuso. 

Y ahora mismo, en mi opinión, el circo de tres pistas en el que se ha convertido este juicio, todo apunta a que el citado juez instructor, va emitir auto de confirmación en el que se dicta el procesamiento del FGE, por un delito fantasma de revelación de secretos.


(**) ANEXO II

La huelga de jueces y fiscales no está regulada por ley en España; aunque el derecho a la huelga está reconocido en la Constitución, no se ha desarrollado una ley orgánica específica para este colectivo, lo que genera incertidumbre legal sobre su ejercicio. 

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado que la huelga de jueces carece de base legal y no reconoce la convocatoria, si bien el derecho no está expresamente prohibido. 

Veremos, si al PP le montan otra huelga los jueces, si es que vuelve a gobernar otra vez el partido popular, que a este paso. ¡Cuan largo me lo fíais, amigo Sancho!

Fuente: Redacción

26 de septiembre de 2025

MASACRE EN GAZA. Anatomía de un genocideo.

 (A/A de) Attn: Trump, Vance, Herzog, Netanyahu, von der Leyen, Feijóo, Abascal, Aznar, Almeida y Ayuso

 Equipo de investigadores documenta con detalle el patrón y la gravedad de las heridas infligidas a la población civil de Gaza por el ejército israelí. 


Los datos muestran un escenario infernal, que los arriba indicados debieran leer, para ver si se les cae la cara de vergüenza, si todavía les queda.


RESUMEN 

1. Contexto del informe

  • Autores: Equipo internacional de investigadores.
  • Fuente: Publicado en The BMJ (septiembre 2025).
  • Metodología: Encuesta a 78 médicos y enfermeras internacionales desplegados en Gaza entre agosto de 2024 y febrero de 2025.
  • Objetivo: Documentar el patrón y la gravedad de las heridas sufridas por la población civil bajo los ataques israelíes.

2. Cifras generales del conflicto

  • Muertos: Más de 65.000 palestinos.
  • Heridos: Aproximadamente 143.000.
  • Estructuras destruidas: Dos tercios de Gaza dañada o destruida (según imágenes satelitales).

3. Hallazgos médicos

Tipos de lesiones documentadas

  • Traumatismos: 23.726 casos.
    • Quemaduras: 4.348 (18%).
    • Lesiones en piernas: 4.258 (18%).
    • Lesiones en brazos: 3.534 (15%).
  • Lesiones por armas: 6.960 casos.
    • Explosiones: 4.635 (67%), principalmente en la cabeza (28%).
    • Armas de fuego: afectaron sobre todo a las piernas (23%).

Patrones descritos

  • Lesiones multi extremidades, fracturas craneales expuestas, daños extensos en órganos internos.
  • Quemaduras graves, especialmente en niños.
  • Severidad sin precedentes en comparación con Irak, Afganistán o Siria.

Condiciones médicas adicionales

  • Desnutrición y deshidratación.
  • Sepsis y gastroenteritis.
  • 742 casos obstétricos (36% con muerte del feto, madre o ambos).
  • 4.188 casos de enfermedades crónicas no tratadas.
  • Traumas psicológicos frecuentes: depresión, estrés agudo, ideación suicida.

4. Impacto humanitario

  • El 70% de los sanitarios atendió lesiones en varias zonas anatómicas a la vez.
  • El 77% presenció situaciones de víctimas en masa.
  • Uso repetido de armas explosivas en áreas densamente pobladas, incluidos campos de refugiados.
  • Violaciones al Convenio de Ginebra y al derecho internacional humanitario: falta de distinción y protección de civiles.

5. Conclusiones del estudio

  • Necesidad urgente:
    • Sistemas de vigilancia resilientes y adaptados a contextos de conflicto.
    • Respuesta humanitaria con componentes quirúrgicos, médicos, psicológicos y de rehabilitación.
  • Valor científico: Evidencia crítica sobre el uso de municiones de alta energía y efecto de área en entornos urbanos, generando patrones de lesiones inéditos.
  • Limitaciones: El método de encuesta probablemente infraestima el número real de casos.

REFLEXIONES FINALES 

“Las fuerzas israelíes han utilizado repetidamente armas explosivas en zonas densamente pobladas, incluidos campos de refugiados, lo que suscita serias preocupaciones bajo el Convenio de Ginebra y el derecho internacional humanitario, incluido el principio de distinción y la obligación para proteger a los civiles”, escriben los autores. “Las imágenes desde el satélite indican que dos tercios de las estructuras de Gaza están dañadas o destruidas; en este contexto, la concentración de municiones pesadas explosivas e incendiarias en los estrechos corredores urbanos han impulsado patrones de lesiones rara vez observados en la historia reciente”.

Para los autores, estos resultados brindan información crítica para adaptar la respuesta humanitaria si en algún momento se levanta el bloqueo de Israel. “Estos hallazgos resaltan la necesidad urgente de contar con sistemas de vigilancia resilientes y específicos para cada contexto, diseñados para funcionar en medio de hostilidades sostenidas, escasez de recursos y telecomunicaciones intermitentes, para fundamentar intervenciones quirúrgicas, médicas, psicológicas y de rehabilitación personalizadas”, recalcan.

Salvador Peiró, epidemiólogo e investigador de FISABIO, cree que el estudio tiene un valor excepcional, aunque le parece que el método de encuestas empleado probablemente infraestima el número de casos. Sin embargo, los datos “muestran un escenario inédito en el que se ha usado munición de alta energía y con efecto de área (bombas termobáricas, incendiarias, proyectiles de dispersión) en entornos urbanos densamente poblados”, declara al SMC. “Decenas de miles de personas con traumatismos y heridas, quemaduras que atraviesan hueso y músculo, niños con fracturas abiertas de cráneo o con las extremidades destrozadas, etc. No son los datos esperables de un conflicto ‘convencional’ y, ni siquiera, vistos en conflictos recientes (Irak, Afganistán, Siria) que parecían especialmente crueles”, asegura. 

Fuente: El Diario.es



TRIBUNALES. De como actuó el TS respecto denuncia al Fiscal General del Estado. Y comparativa de como se pronunció el TS respecto denuncia a Rajoy por malversación frente a la denuncia por malversación a Begoña Gómez del juez Peinado.

   El Tribunal Supremo (TS) asumió el texto que buscaba inculpar al expresidente se basaba en recortes de prensa, paralelismo que coincide con la causa de Begoña Gómez, y algo similar también al caso contra el Fiscal General del Estado (FGE)


Respecto el caso contra García Ortiz (FGE)

El Tribunal Supremo (TS) ha acordado abrir una investigación contra el Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, por el presunto delito de revelación de secretos del que le acusa la pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso.

Después pasó a ser investigado (imputado) para más tarde pasar a juicio oral. Entre medias un sinfín de dimes y diretes, donde el juez Hurtado, en base a suposiciones e indicios infundados, además de negar verdad de testificales de periodistas que demostraban al falsedad de la imputación, hemos llegado a la actual situación, que dejaba en mal lugar al conjunto del Tribunal Supremo frente a la comunidad internacional, para sonrojo de toda la ciudadanía española.

Ahora el García Ortiz, ha presentando alegaciones, reflejando en su escrito como ha sido objeto de una conspiración por parte de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, para echar una cortina de humo sobre el novio de la Presidenta Ayuso, para quitar el foco de sus muchos delitos por los que en parte será jugado en el verano del 2026.

Fuente: Redacción

Respecto del caso contra Begoña Gómez

El inicio de la causa contra Begoña Gómez que investiga el juez Juan Carlos Peinado reside en unos recortes de prensa presentados por el sindicato ultraderechista Manos Limpias.

Existen antecedentes en la política española (similares al de la esposa del Presidente del gobierno) de casos que han tenido el mismo inicio y han terminado por archivarse. El más sonado sería, el del expresidente del Gobierno, Mariano Rajoy.

Comparativa de casos por malversación, de Rajoy de Begoña Gómez

"No puede justificar la apertura de un procedimiento penal"

Los hechos datan de enero de 2016, cuando el Alto Tribunal dejaba en nada un texto elevado por el partido Soberanía y la Asociación El Defensor del Paciente, contra el predecesor de Pedro Sánchez por financiar una asistencia de gran invalidez que necesitaba su padre a cargo de los servicios médicos de La Moncloa.

El auto, que tiene carácter público y ha recuperado ElPlural.com, rezaba que “la mera publicación de informaciones en los medios de comunicación no puede justificar la apertura de un procedimiento penal para su investigación si la querella que los incorpora no ofrece ningún indicio”.

“Examinada la querella y la denuncia no es posible advertir en los documentos que se presentan, exclusivamente por recortes de prensa, la presencia de los elementos o requisitos dogmáticos de delito de malversación, por lo que los hechos descritos no justifican la apertura de un procedimiento penal”, indicaba el texto del Supremo, que ha leído nuevamente este periódico.

En su caso, el periódico que había dado la noticia era elDiario.es, según la cual el que fuera responsable del PP “se vale del cargo de presidente para financiar con cargo al dinero público los gastos personales de asistencia en gran validez a su padre”. Por su parte, la acusación de un presunto delito de malversación se basaba en que las líneas del diario mencionado “reviste caracteres de verosimilitud porque pese al escándalo que ha montado en las redes sociales y medios de comunicación no ha sido revestida”.

Cabe recordar que el inicio de la causa principal del juez contra la mujer del presidente del Gobierno parte de una denuncia del pseudosindicato mencionado que se fija para su imposición en recortes de prensa que hablaban sobre la relación de Gómez con Globalia, así como del rescate con préstamos públicos para su aerolínea, Air Europa.

También versa acerca de su actividad al frente de la cátedra extraordinaria de Transformación Social Competitiva, de la Universidad Complutense de Madrid (UCM). En esta causa principal, el juez analiza los movimientos de Gómez e inicia investigación en un tiempo récord por cuatro delitos: tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida e intrusismo profesional.

En tiempo récord y sin detalles

Juan Carlos Peinado ha tramitado en cuatro meses -tiempo récord- una causa que tiene que ser juzgada ante un tribunal de jurado, según lo estimado en la Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo, del Tribunal del Jurado para el delito de malversación.

A su parecer, tanto la mujer del presidente como Cristina Álvarez, su asesora en La Moncloa, Cristina Álvarez, podrían haber incurrido en un delito de malversación de caudales públicos en el marco de los servicios de asesoría para los que fue nombrada Álvarez en 2018 quien, junto a Gómez, defendían en presencia de Peinado que aquellas funciones no se corresponden con “ninguna extralimitación”, sino a un “favor” muy puntual y en ningún caso punibles.

Sin embargo, el magistrado seguía adelante y esta semana ha propuesto que las dos fueran juzgadas llegado el momento ente jurado popular, lo mismo que el actual delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín, otrora secretario general de Presidencia. Con todo, Peinado no aporta detalles sobre el papel se antojarían clave para el devenir de una investigación como ésta, como por ejemplo la cantidad presuntamente malversada.

La pieza separada encuentra su origen en Vox

La pieza separada por presunta malversación encuentra su origen en Vox y obedece a un documento que el juez no desempolvó hasta pasados más de tres meses, cuando decidió admitirla a trámite; aunque en un principio dejaba fuera a Gómez y Álvarez, apuntando solo a Francisco Martín.

Fuente: El Plural.com

CONCLUSIÓN

De ser sentenciado tanto el Fiscal general del Estado, como la esposa del Presidente del gobierno, tras los recursos oportunos, posiblemente fuese necesario llevar dichas sentencias a los tribunales superiores europeos, porque desde hace tiempo la ciudadanía tiene la percepción que la justicia en España no es igual ni para todos, ni para todas.

ANEXO I

Los principios que rigen a los jueces incluyen la independencia, la imparcialidad, la legalidad, la inamovilidad, la responsabilidad, la objetividad y la profesionalidad. Estos principios son fundamentales para garantizar un poder judicial autónomo y justo, asegurando que la administración de justicia se realice de manera imparcial, bajo el imperio de la ley y en beneficio de la sociedad.

Fuente: Redacción

24 de septiembre de 2025

TRIBUNALES. Del tándem PP - Vox. Y de las juezas que les incomodan y son víctimas de campañas difamatorias

 El PP permite campañas difamatorias contra jueces que investigan sus casos mientras llaman a respetar a jueces y magistrados que juzgan causas de otros partidos.

El Partido Popular (PP) unas veces defiende a jueces y juezas, mientras que en otras ocasiones, critican sus sentencias, llegando a señarles descaradamente.

Este es el caso de la magistrada instructora del juzgado 19 de Madrid, Carmen Rodríguez-Mede, que abre juicio oral contra el novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Alberto González Amador, por fraude fiscal, falsificación documental, delito contable continuado y pertenencia a organización criminal, siendo el encargado de lanzar mierda contra la jueza (quiero pensar motu proprio y no por orden de su jefa, que todo va en el sueldo) Miguel Ángel Rodríguez, jefe de Gabinete de Isabel Díaz Ayuso y persona cercana al investigado, por el que llegó a amenazar gravemente a periodistas y medios de comunicación.

“Es la hermanita de un tipo al que Marlaska ha ascendido”. Así se expresó el lugarteniente de Ayuso a la jueza que ha abierto juicio oral a la pareja de su superior, relacionándola con el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, del que añadía que es “todo corrupto”. “Cuidado con Sánchez”, ha añadido el condenado por injurias, “hasta donde sé, la jueza no respeta a la Audiencia Provincial, decide enviar a juicio a González Amador justo antes de tomar posesión el juez que toca”, ha zanjado MAR.

La información que desliza intentando hacer creer una especie de prevaricación, de la que una vez más se ha hecho eco un medio afín, una vez más es capciosa.

La magistrada que ha abierto el juicio oral es actualmente la sustituta del juzgado, dado que la titular se jubiló hace escasos meses, y desarrolla su labores con normalidad, como sucede en decenas de juicios y juzgados, a la espera de que se designe a un nuevo titular que cogerá la riendas de la investigación.

Una situación normal en el ámbito judicial, pero con la que el jefe de Gabinete de la Comunidad de Madrid quiere tapar la realidad: el novio de Ayuso se sentará en el banquillo con un informe contundente de Agencia Tributaria en contra, enfrentando varios delitos que su abogado ya reconoció que había cometido y con varios años de prisión en el aire.

El ático y otros ámbitos compartidos con la baronesa del PP mantienen en alerta a Miguel Ángel Rodríguez, experto en desviar el foco con una barbaridad aún mayor a las pronunciadas por la experta en Sarajevo, o la que la nota de prensa falsa que él mismo mandó a los medios de comunicación que terminó por sentar en el banquillo de acusados al Fiscal General del Estado. Guerra sucia de PP madrileño contra las altas Instituciones del Estado, que por lo que sea no se defiende atacando a la raíz del problema.

Campaña contra la jueza de la Dana

El ataque anterior a la Justicia de Génova, no es el primero y tampoco será el último. Y bien lo sabe la jueza de Catarroja, Nuria Ruiz Tobarra, que investiga la gestión de la Dana que dejó 228 víctimas mortales y un gran reguero de destrucción en Valencia, el pasado 29 de octubre.

Por el momento, ningún cargo de la Generalitat ha asumido responsabilidades al respecto, pero la magistrada ha sido víctima, según sus propias palabras de, “una campaña difamatoria” que busca apartarla de la investigación que cada vez cerca más a Carlos Mazón y a parte de su Ejecutivo. 

“Es el enésimo capítulo de una estrategia de defensa que, de forma burda, pretende apartar a esta jueza del procedimiento (…) Apuntan informaciones que no son más que una campaña difamatoria, que destila un machismo atroz”, expuso la jueza Ruiz Tobarra en un auto que se vio obligada a emitir, después de los señalamientos de las defensa de Salomé Pradas, exconsejera de Justicia e Interior, y Emilio Argüeso, exdirector de Emergencias. “Sucesivas informaciones periodísticas me han denigrado como jueza y como mujer”, cargó contra el bulo que llegó a involucrar a su propia familia para deslegitimarla.

En esta ocasión, también fue un medio afín a los de Alberto Núñez Feijóo el que prendió la mecha y propició que todo ardiese. El caso llego a tal punto que, una de las defensas, intentó grabar ilegalmente a la hija y el marido de la jueza. “Algún letrado del procedimiento grabó a mi hija menor de edad, lo que es absolutamente repugnante”, denunció Ruiz Tobarra. Ataques descarnados que recuerdan a tiempos de la Gürtel, cuando, después de “controlar la sala segunda (del Tribunal Supremo) desde detrás” durante años, al PP dejaron de gustarle los jueces.

Fuente: El plural.com

CONCLUSIÓN

Es de sobra conocida, la falta de humanidad y de respeto a la democracia, en el modo de actuar en este país de los fascistas del PP y Vox,  cuyo modus operandi, es siempre el mismo, primero un pseudo sindicato de extrema derecha interpone una denuncia con recortes de prensa ante el juzgado correspondiente, con un cálculo medido del juez a quien le va corresponder instruir la causa. Luego dicho juez, cercano a su jubilación, quien no tiene pretensiones de ascensos, y si de hacer méritos para tener un buen retiro, con las dádivas o prebendas correspondientes, por retrasos continuos e injustificados en las instrucciones, para que finalmente, los tontos útiles de PP y Vox, se paseen babeando, por Senado y Congreso de Diputados, con las decisiones salidas de los juzgados, procedentes de instrucciones prospectivas que generalmente se basan en suposiciones o  indicios infundados,  en las que solo los fascistas son capaces de moverse con soltura en el  círculo vicioso que acabo de referir.

Y caso algún juez, jueza o político,  no pase por el aro o no se someta a sus órdenes, se les aplica un grado tres de campañas difamatorias, degradantes a más no poder para cualquier persona, pero los muy cobardes atacan a sus familias. El que no conocía a los fascistas, estos son sus prácticas operativas o modos de actuar.

Y luego van presumiendo de demócratas, y resulta que están inmersos en una conspiración política continua que concierne a parte de los poderes del Estado, incluidos los poderes fácticos y medios de comunicación.

Finalmente, considero que todo lo anterior viene a demostrar que el tándem PP-Vox funciona a pleno rendimiento y durará por mucho tiempo.

Lo único que por ahora nos diferencia de una futura autocracia, es que actualmente en España tenemos el Gobierno progresista de Pedro Sánchez, sino lo de Trump en EEUU sería una anécdota, frente a un cogobierno fascista de PP y Vox juntos en España.

POSDATA

Por cierto, respecto al repentino interés sobre la violencia de género del partido popular y Vox, referido al fallo de actualización de las pulseras telemáticas (que como informático experto en seguridad afirmo, que los responsables son las empresas adjudicatarias) para la protección de las víctimas de violencia de género. Y por ello les digo que  “a buenas horas mangas verdes”, dado que viene precedido de una clara negación de dicha violencia de género, en las autonomías donde gobiernan, promulgando leyes autonómicas al respecto, que niegan la citada violencia de género, para satisfacer las imposiciones de Vox y  aprobar los presupuestos en dichas comunidades autónomas. Así que "menos lobos caperucita" que a todos los fascista se os ve la patita.

Y respecto a la doctrina del juez Peinado, sobre la malversación de caudales públicos, empleada para imputar y abrir juicio oral contra Begoña Gómez (que no es funcionaria ni tiene cargo de responsabilidad en gestión de fondos públicos, siendo además esposa del Presidente del gobierno) por enviar su asesora unos correos electrónicos en su nombre. Por ello debo advertir a los ayudantes y asesores de cualquier funcionario o autoridad español, se preparen, porque según esta doctrina puede ser enviados a la cárcel, lo mismo ellos que sus ayudantes, por incluso llevarles un café por la mañana o enviar un email en nombre de estos, a la APA del colegio de sus hijos, pues ello se encuentra fuera de sus funciones. 

Del mismo modo, corren peligro de ser imputados y jugados, también por malversación de fondos públicos, tanto la Presidenta de la Comunidad de Madrid, como su jefe de gabinete, Miguel Ángel Rodríguez por utilizar medios públicos para defender a Alberto González Amador (pareja de Isabel Díaz Ayuso) de su imputación y juicio, pues esto también se encuentran fuera de sus atribuciones o funciones. 

Es una vergüenza para la justicia de este país, que los jueces estrella se presten a semejantes apaños, para juzgar a personas inocentes por denuncias falsas, en base a instrucciones prospectivas, prohibidas por el derecho español, mientras las instancias judiciales superiores como el Consejo General del Poder Judicial, miran para otro lado. Así les va a los jueces españoles en los juzgados europeos, que tienen a los tribunales superiores españoles, como los que peor protegen a la ciudadanía española.

Y del genocidio de Gaza, ni hablamos, porque la poca humanidad que tienen, supongo la guardarán para sus casas, no la van a malgastar estos supremacistas racistas, con unas cuantos centenares  de miles de civiles asesinados (de los cuales 20.000 eran niños, y 1.000 murieron de hambre). Que más dará que el ejército de Israel, masacre a un millón de palestinos, si ni siquiera son de raza blanca.

Fuente: Redacción